yo ahi sigo entendiendo tres años , ya que pone desde la notificacion de la resolucion de arranque , no desde la autorizacion de replantacion, no??De todas maneras, no puede perderse de vista tampoco que, en todo caso, la autorización que se conceda tiene tres años de vigencia desde la notificación de la resolución de arranque, por lo que la plantación debe ejecutarse antes de su caducidad.
Saludos.