Normas de circulación con maquinaria agricola
Re: Normas de circulación con maquinaria agricola
Dá voces al lobo, respóndete el eco.
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Re: Normas de circulación con maquinaria agricola
hola buenas.
una pregunta para deeregar,
donde pones maquinaria arastrada me gustaria que aclrases la diferencia entre apero arrastrado.
por ejemplo: se puede circular con un rulo o rodillo arastrado sobre ruedas, sin que este este matriculado ni dado de alta ni sin papeles.
igualmente si tengo unos chisel de mas de 3 metros indivisible, al que se le han adaptado unas ruedas y se transportan longitudinalmente y tampoco tendrian papeles.
es que no veo clara la ley, y como la guardia civil no multa (hasta que empiece a multar) no se si voy legal o no
muchas gracias
una pregunta para deeregar,
donde pones maquinaria arastrada me gustaria que aclrases la diferencia entre apero arrastrado.
por ejemplo: se puede circular con un rulo o rodillo arastrado sobre ruedas, sin que este este matriculado ni dado de alta ni sin papeles.
igualmente si tengo unos chisel de mas de 3 metros indivisible, al que se le han adaptado unas ruedas y se transportan longitudinalmente y tampoco tendrian papeles.
es que no veo clara la ley, y como la guardia civil no multa (hasta que empiece a multar) no se si voy legal o no
muchas gracias
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Re: Normas de circulación con maquinaria agricola
Según el Ministerio de Industria todo lo que no sea suspendido se tiene que matricular (excepto los de menos de 750 kg,en el reglamento general de vehículos dice que no se matricula, pero siempre tiene que estar homologado y con su ficha técnica igual que los remolques pequeños del coche y la matrícula del tractor).jesusgonzalo escribió:hola buenas.
una pregunta para deeregar,
donde pones maquinaria arastrada me gustaria que aclrases la diferencia entre apero arrastrado.
por ejemplo: se puede circular con un rulo o rodillo arastrado sobre ruedas, sin que este este matriculado ni dado de alta ni sin papeles.
igualmente si tengo unos chisel de mas de 3 metros indivisible, al que se le han adaptado unas ruedas y se transportan longitudinalmente y tampoco tendrian papeles.
es que no veo clara la ley, y como la guardia civil no multa (hasta que empiece a multar) no se si voy legal o no
muchas gracias
Los remolques anchura máxima 2,55 m (si mide más necesita permiso especial para circular, como las cosechadoras, etc.)
Las maquinas remolcadas (vehículos que si divides Masa Maxima Admisible [MMA] entre la Tara da más de 3, esto se puede obviar si es un Unifeed, por ejemplo un rulo o un chisel arrastrado no puede cargar con lo que su MMA normalmente es igual a la tara), anchura máxima 3,05 m (si mide más necesita permiso especial para circular, como las cosechadoras, etc.).
En resumen si lleva ruedas para el transporte tipo rulos, grada de discos, chisel arrastrado, vertederas grandes con ruedas de transporte, atomizador arrastrado, sulfatadora arrastrada, sembradora arrastrada, rastrrillos hileradores etc. Tiene que estar homologado (con ficha ITV) y si pesa más de 750 kg matriculado.
Como dices de momento no multan, pero llegará el día que si. Se del caso de unos rastrillos hileradores por Grañén que el dueño tubo suerte y le pilló el Guardia Civil de buen día y solo le puso 500€ de multa y le precintó el vehículo. Según me dijo le podía haber puesto 6.000€, por: vehículo indocumentado, circular por la vía pública sin seguro, vehículo sin placa de matrícula... Todavía da gracias el hombre.