Servidumbre de paso
Servidumbre de paso
Hola a todos,pues os cuento,me dispongo a comprar una parcela que tiene la entrada a través de la colindante y quisiera que la servidumbre constase en la escritura para el dia de mañana no tener problemas,
Alguno me podría decir que condiciones se suelen poner en estos casos de servidumbre?
Un saludo
Alguno me podría decir que condiciones se suelen poner en estos casos de servidumbre?
Un saludo
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Re: Servidumbre de paso
El paso de servidumbre se tiene que adquirir por compra o a cambio de terreno. Por lo tanto pienso no será complicado que figure en escritura.
El código civil es el que regula estas cosas.
El código civil es el que regula estas cosas.
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Re: Servidumbre de paso
No debe haber problema la parcela fue segregada en su dia de la que tiene que dar paso de servidumbre,
Es que me inquieta que no esten muy por la labor de ponerla en escritura,no se si es que abra que pagarle algo al de la otra finca por el paso,porque yo quiero que el paso sea permanente
Es que me inquieta que no esten muy por la labor de ponerla en escritura,no se si es que abra que pagarle algo al de la otra finca por el paso,porque yo quiero que el paso sea permanente
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Re: Servidumbre de paso
efectivamente cuando se parte o segrega una parcela, y tu por decirlo asi, estas en la parte de atras (tienes que pasar por la otra parte segregada), lo mejor es ponerlo en la escritura, si no despues puedes acabar de juicio con el otro propietario y ya será a criterio de un juez.. o sea discusiones, gastos y lios. Si se pone en la escritura desde el principio, cero problemas, es lo que hay, pero tiene que ser el propietario original el que mueva el tema y lo refleje, si se hace el loco te dejará el hueso para ti y el otro vecino, que seguramente acabareis en discordia. El notario donde vayas a escriturar es el que mejor te puede ayudar en como darle forma a este tema.
Marx ha muerto..
Dios ha muerto..
Y yo me estoy poniendo muy malito..
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Re: Servidumbre de paso
Si, pero debe estar en la escritura del predio sirviente no en la tuya.
Defiendo a quien me defiende.
Re: Servidumbre de paso
Gracias a todos por contestar.
Eso pretendo firi ahorrarme discusiones y problemas,no es la primera vez que hay peleas por estos temas.
Y no me gusta estar peleado con nadie y menos con alguien que tendras que ver muy a menudo.
Eso pretendo firi ahorrarme discusiones y problemas,no es la primera vez que hay peleas por estos temas.
Y no me gusta estar peleado con nadie y menos con alguien que tendras que ver muy a menudo.
Re: Servidumbre de paso
Yo creo que habrá que especificarlo en ambas escriturasPIONIER escribió:Si, pero debe estar en la escritura del predio sirviente no en la tuya.
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Re: Servidumbre de paso
Solo tendrá validez si lo recoge la del predio sirviente, si esta en las dos mejor pero en la del dominante vale de poco si no lo recoge la otra.
Defiendo a quien me defiende.
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Re: Servidumbre de paso
Dice el artículo 541 del Código Civil que: «La existencia de un signo aparente de servidumbres entre dos fincas, establecido por el propietario de ambas, se considerará, si se enajenare una, como título para que la servidumbre continúe activa y pasivamente, a no ser que, al tiempo de separarse la propiedad de las dos fincas, se exprese lo contrario en el título de enajenación de cualquiera de ellas, o se haga desaparecer aquel signo antes del otorgamiento de la escritura».
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Re: Servidumbre de paso
Lo que está claro es, que no se puede quedar una finca sin entrada, esté o no escriturada. La entrada nadie tiene obligación de regalartela, lógicamente, pero si obligación de venderte o cambiarte un terreno suficiente, para crear la servidumbre.
Si la compraste ya con la entrada, el proceso lo habrá pasado ya el anterior propietario.
Si la compraste ya con la entrada, el proceso lo habrá pasado ya el anterior propietario.
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Re: Servidumbre de paso
No aún no la he comprado,por eso quiero asegurarme de que todo este bien reflejado para no tener sorpresas el día de mañana
Re: Servidumbre de paso
en una escritura puedes manifestar lo que te de la gana....como te han dicho quien debe reconocerla es el predio sirviente... otra cosa es qeu el registrador lo ponga en el registro que es donde sirve para algo.
En cualquier caso una sentencia te la concede y esa si tiene acceso al registro, como tambien te han dicho, toda parcela tiene derecho de acceso... indemnizando... y en caso de duda desde el terreno público más cercano... vease camino público más cercano.
LUego está el que aparezca en catastro...
En cualquier caso una sentencia te la concede y esa si tiene acceso al registro, como tambien te han dicho, toda parcela tiene derecho de acceso... indemnizando... y en caso de duda desde el terreno público más cercano... vease camino público más cercano.
LUego está el que aparezca en catastro...
esto se va al garete
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Re: Servidumbre de paso
Sinceramente, no se que quieres decir con todo esto!!chisel- escribió:en una escritura puedes manifestar lo que te de la gana....como te han dicho quien debe reconocerla es el predio sirviente... otra cosa es qeu el registrador lo ponga en el registro que es donde sirve para algo.
En cualquier caso una sentencia te la concede y esa si tiene acceso al registro, como tambien te han dicho, toda parcela tiene derecho de acceso... indemnizando... y en caso de duda desde el terreno público más cercano... vease camino público más cercano.
LUego está el que aparezca en catastro...
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Re: Servidumbre de paso
Hola de nuevo,pues si hay que reflejarlo en ambas escrituras y así lo hemos acordado entre todas las partes.
Un saludo.
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Re: Servidumbre de paso
Betelgeuse escribió:
Sinceramente, no se que quieres decir con todo esto!!
¿cual es el corazón de castilla?
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Re: Servidumbre de paso
Desde donde veo el sol a diario!!!pedroeduardo- escribió:Betelgeuse escribió:
Sinceramente, no se que quieres decir con todo esto!!
¿cual es el corazón de castilla?
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Re: Servidumbre de paso
le has copiado el lema a DARdo y casi a Entrerriano
"En una época de engaño universal, decir la verdad es un acto revolucionario" George Orwell
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Re: Servidumbre de paso
Lo dices por mí??? Si es así expícame, que no lo pillo. No se que lema he copiado!!.3141592 escribió:le has copiado el lema a DARdo y casi a Entrerriano
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Re: Servidumbre de paso
Sí, ya me he dado cuenta que Dardo utiliza ese dicho famoso. No lo sabía y no me había dado cuenta.
En cualquier caso, es como ya he dicho, una frase muy conocida y atribuída a Platón.
De todas formas igual la cambio o la quito. No quiero herir la susceptibilidad de nadie jejejeje!!!!!.
En cualquier caso, es como ya he dicho, una frase muy conocida y atribuída a Platón.
De todas formas igual la cambio o la quito. No quiero herir la susceptibilidad de nadie jejejeje!!!!!.
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