PAC 2014-2020.hay algo fijo ya?
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Re: PAC 2014-2020.hay algo fijo ya?
En este país la actual reforma es un conjunto de vericuetos y formulas matemáticas encaminadas hacia unos intereses muy claros, ESO ESTA A LA VISTA.
¿Qué puede hacer el agrónomo medio? Pues además de la política agraria común (PAC), tener su política administrativa personal (PAP)
No hacer inversiones, sobre todo en maquinaria, que te obliguen , aprovechar a desendeudarse, saber discriminar lo que deja beneficio y lo que no , procurar seguir reduciendo costes, y no meterse en líos ni fantasmadas, pero ¿quien es el majo que deja un rento caro que no le deja nada? , a ver si lo va a coger el vecino y se puede amortizar un tractor mejor que el mío.....
Creo que llegan tiempos en que se va ver quien es torero y quien muletilla.
¿Qué puede hacer el agrónomo medio? Pues además de la política agraria común (PAC), tener su política administrativa personal (PAP)
No hacer inversiones, sobre todo en maquinaria, que te obliguen , aprovechar a desendeudarse, saber discriminar lo que deja beneficio y lo que no , procurar seguir reduciendo costes, y no meterse en líos ni fantasmadas, pero ¿quien es el majo que deja un rento caro que no le deja nada? , a ver si lo va a coger el vecino y se puede amortizar un tractor mejor que el mío.....
Creo que llegan tiempos en que se va ver quien es torero y quien muletilla.
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Re: PAC 2014-2020.hay algo fijo ya?
katrall escribió:Se pueden declarar mas y como referencia cojeran las declaradas en el 13.
Por tanto teoricamente kedarar libres la diferencia entre las declaradas en el 13 y 15
Ahora bien k no las declarar tu en el 13 no kiere decir k no las declarara otro y entran en el computo global por k en el 13 generaron su derecho pero ha otro.
En mi caso no...eran virgenes en 2013, En 2014 lo mismo y 2015 tengo otras que tal bailan... por lo que al hacer el pac me salia un aviso que solo podia superar un 3% del total sin justificacion....es decir sin ser compraventa con escritura o arrendamiento con contrato....vamos lo que viene siendo un arriendo verbal.
Salian dos avisos en 2013 y 2014 para ser mas exactos...uno de las parcelas que nunca las declaro nadie en el año anterior al menos y otro aviso de que no podias superar el 3% a mayores de un año a otro....entiendo que se va a consentir ponerlas porque ellos mismos te daban permiso si no te pasabas del porcentaje fijado....el motivo...pues no lo se....quizas mas adelante sean hectareas validas aunque no lo sean en 2013???? PUEDE.
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Re: PAC 2014-2020.hay algo fijo ya?
Pero tambien se puede dar que termine el arriendo y no las hagas mas...aunque alguno se arriesgue y la siga labrando....si no son tuyas...ya tendrian que ir a ver la tierra y ver que se sigue labrando y que alguien les diga que la hace tal persona...vamos..un imposible...si las llevas en renta de muchos años nadie te puede decir cuando termina el arriendo...cuando tu digas y se lo tendran que creer..si son propias tuyas pues es una tonteria que nadie se la juegue...esta pillado a la voz de ya.Ebano58 escribió:No es solamente que no tengas derechos para ellas, es que al superar en 2015 el nº de Has sobre las declaradas en 2013, no te las van a incluir como Has para repartir tu dinero en dpbs para esas Has, sino que te lo repartiran entre las Has declaradas en 2013..Trasgu escribió:En 2015 se puede hacer la PAC con mas has que en 2013 sin problema ninguno,,,es mas estas obligado a ponerlas aunque no tengas derechos para ellas.Hay que pensar bien lo que se hace...
Saludos
Lo único que hay que pensar bien es en declarar en 2015 todas las Has que se estén utilizando realmente, y no esconder Has que después san inspeccionadas una por una buscando sancionar a quien las cultiva o a quién mete ganado en ellas, porque aparecen en una lista de Has agricolas no declaradas en 2015, cruzando la PAC 2015 con el catastro. ¡¡¡¡¡TODOS PILLADOS!!!! .Es lo más fácil del mundo.
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Re: PAC 2014-2020.hay algo fijo ya?
La solicitud única se presentará por los medios electrónicos establecidos al efecto
por las autoridades competentes, excepto en casos excepcionales que deberá determinar
la autoridad competente y en los que dicha autoridad será la responsable de incorporar
en formato electrónico la solicitud presentada por el agricultor.
2. A efectos de su identificación y localización, se deberán delimitar gráficamente y
en formato digital las parcelas agrícolas de la explotación (en adelante «declaración
gráfica»). Para ello se utilizarán las herramientas informáticas basadas en la tecnología
de los sistemas de información geográfica que la autoridad competente de la Comunidad
Autónoma establezca.
3. La aplicación del párrafo anterior, se hará a más tardar como sigue:
a) A partir de la campaña 2016, será obligatorio para todos los solicitantes que
declaren más de 200 ha;
b) A partir de la campaña 2017, será obligatorio para todos los solicitantes que
declaren más de 30 ha;
c) A partir de la campaña 2018, será obligatorio para todos los solicitantes.
En los casos excepcionales que determine la autoridad competente, en que el
beneficiario no sea capaz de realizar la declaración gráfica, la delimitación de las parcelas
agrícolas se hará en papel y la administración procederá a su transformación en
declaración gráfica.
En tanto no sea obligatoria la declaración gráfica, la identificación de cada parcela
agrícola declarada se realizará mediante el código de identificación del recinto o recintos
SIGPAC que la integren y se indicará la superficie en hectáreas con dos decimales.
4. En la solicitud única se declararán todas las parcelas agrícolas que conforman
toda la superficie agraria de la explotación y que estén a disposición del titular de la
misma, ya sea en régimen de propiedad, usufructo, arrendamiento, aparcería o asignación
de superficies comunales por parte de una autoridad pública gestora de las mismas,
incluidas aquéllas por las que no se solicite ningún régimen de ayuda. En el caso de las
medidas de ayuda por superficie de los programas de desarrollo rural se deberá también
incluir la superficie no agrícola por la que se solicita ayuda.
por las autoridades competentes, excepto en casos excepcionales que deberá determinar
la autoridad competente y en los que dicha autoridad será la responsable de incorporar
en formato electrónico la solicitud presentada por el agricultor.
2. A efectos de su identificación y localización, se deberán delimitar gráficamente y
en formato digital las parcelas agrícolas de la explotación (en adelante «declaración
gráfica»). Para ello se utilizarán las herramientas informáticas basadas en la tecnología
de los sistemas de información geográfica que la autoridad competente de la Comunidad
Autónoma establezca.
3. La aplicación del párrafo anterior, se hará a más tardar como sigue:
a) A partir de la campaña 2016, será obligatorio para todos los solicitantes que
declaren más de 200 ha;
b) A partir de la campaña 2017, será obligatorio para todos los solicitantes que
declaren más de 30 ha;
c) A partir de la campaña 2018, será obligatorio para todos los solicitantes.
En los casos excepcionales que determine la autoridad competente, en que el
beneficiario no sea capaz de realizar la declaración gráfica, la delimitación de las parcelas
agrícolas se hará en papel y la administración procederá a su transformación en
declaración gráfica.
En tanto no sea obligatoria la declaración gráfica, la identificación de cada parcela
agrícola declarada se realizará mediante el código de identificación del recinto o recintos
SIGPAC que la integren y se indicará la superficie en hectáreas con dos decimales.
4. En la solicitud única se declararán todas las parcelas agrícolas que conforman
toda la superficie agraria de la explotación y que estén a disposición del titular de la
misma, ya sea en régimen de propiedad, usufructo, arrendamiento, aparcería o asignación
de superficies comunales por parte de una autoridad pública gestora de las mismas,
incluidas aquéllas por las que no se solicite ningún régimen de ayuda. En el caso de las
medidas de ayuda por superficie de los programas de desarrollo rural se deberá también
incluir la superficie no agrícola por la que se solicita ayuda.
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Re: PAC 2014-2020.hay algo fijo ya?
Yo creo que la declaración gráfica ya se hace, para eso esta el SIGPAC, y en caso concreto de pastos en el que viene todo el pueblo junto, debes adjuntar contrato de arrendamiento y a quien pertenecen las fincas. El control ahora es casi total.Obila86 escribió:La solicitud única se presentará por los medios electrónicos establecidos al efecto
por las autoridades competentes, excepto en casos excepcionales que deberá determinar
la autoridad competente y en los que dicha autoridad será la responsable de incorporar
en formato electrónico la solicitud presentada por el agricultor.
2. A efectos de su identificación y localización, se deberán delimitar gráficamente y
en formato digital las parcelas agrícolas de la explotación (en adelante «declaración
gráfica»). Para ello se utilizarán las herramientas informáticas basadas en la tecnología
de los sistemas de información geográfica que la autoridad competente de la Comunidad
Autónoma establezca.
3. La aplicación del párrafo anterior, se hará a más tardar como sigue:
a) A partir de la campaña 2016, será obligatorio para todos los solicitantes que
declaren más de 200 ha;
b) A partir de la campaña 2017, será obligatorio para todos los solicitantes que
declaren más de 30 ha;
c) A partir de la campaña 2018, será obligatorio para todos los solicitantes.
En los casos excepcionales que determine la autoridad competente, en que el
beneficiario no sea capaz de realizar la declaración gráfica, la delimitación de las parcelas
agrícolas se hará en papel y la administración procederá a su transformación en
declaración gráfica.
En tanto no sea obligatoria la declaración gráfica, la identificación de cada parcela
agrícola declarada se realizará mediante el código de identificación del recinto o recintos
SIGPAC que la integren y se indicará la superficie en hectáreas con dos decimales.
4. En la solicitud única se declararán todas las parcelas agrícolas que conforman
toda la superficie agraria de la explotación y que estén a disposición del titular de la
misma, ya sea en régimen de propiedad, usufructo, arrendamiento, aparcería o asignación
de superficies comunales por parte de una autoridad pública gestora de las mismas,
incluidas aquéllas por las que no se solicite ningún régimen de ayuda. En el caso de las
medidas de ayuda por superficie de los programas de desarrollo rural se deberá también
incluir la superficie no agrícola por la que se solicita ayuda.
Hasta el año pasado no se habían cruzado fincas de menos de 0,02 Has. El año pasado estas se cruzaron y a mi me pillaron duplicadas 2 de esas, ahora ya se chequea todo, incluso fincas entre distintas comunidades autónomas.
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Re: PAC 2014-2020.hay algo fijo ya?
También existían casos en el que una finca era de 2 hermanos, pero no estaba así declarada en el SIGPAC; en estos casos te hacían imprimir la copia de la parcela y dibujar más o menos por donde iba la raya.
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Re: PAC 2014-2020.hay algo fijo ya?
Esta mañana en una charla/Pac ,preguntando sobre en tema de identificar las fincas con el DNI han dicho que parece que estan aflojando la idea y que hasta la campaña que viene no lo pediran.
Esto en Castilla y Leon...habeis escuchado algo al respecto ?
Saludos
Esto en Castilla y Leon...habeis escuchado algo al respecto ?
Saludos
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Re: PAC 2014-2020.hay algo fijo ya?
Pues el de la charla del miercoles dijo que era casi seguro...
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Re: PAC 2014-2020.hay algo fijo ya?
Ya ves Nebe,,,cada dia una cosa.....esta por lo menos es para bien
Pues podia liarle una del carajo
Pues podia liarle una del carajo
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Re: PAC 2014-2020.hay algo fijo ya?
Alguno tiene miedo a poner el DNI en la PAC del dueño de la tierra??????? Eso es que hacéis algo mal!!!!!!
Claro....que ahora, según vosotros esta bien la cosa::::cualquiera pone la tierra de cualquiera...domingueros labrando tierras del vecino,..jubilados labrando tierras de tol pueblo..pues son lo mejores pagadores...espabilados poniendo tierras que no son suyas....y mientras tanto, lo jóvenes agricultores pasando hambre... .... de narices vamos...
Claro....que ahora, según vosotros esta bien la cosa::::cualquiera pone la tierra de cualquiera...domingueros labrando tierras del vecino,..jubilados labrando tierras de tol pueblo..pues son lo mejores pagadores...espabilados poniendo tierras que no son suyas....y mientras tanto, lo jóvenes agricultores pasando hambre... .... de narices vamos...
Nos joden por todos lados
Re: PAC 2014-2020.hay algo fijo ya?
este año no va a ser obligatorio, el próximo año si
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Re: PAC 2014-2020.hay algo fijo ya?
Que no es por miedo Alvaro....el problema es lo que decía el tecnico ....que cuantas parcelas saldrán que en propietario lleve muerto 20 años y sobre todo que te dan un DNI y resulta que no coincide con el catastro...parcela no valida..y esta liada..esto es así al menos por la Zona mia.Alvarogarte escribió:Alguno tiene miedo a poner el DNI en la PAC del dueño de la tierra??????? Eso es que hacéis algo mal!!!!!!
Claro....que ahora, según vosotros esta bien la cosa::::cualquiera pone la tierra de cualquiera...domingueros labrando tierras del vecino,..jubilados. labrando tierras de tol pueblo..pues son lo mejores pagadores...espabilados poniendo tierras que no son suyas....y mientras tanto, lo jóvenes agricultores pasando hambre... .... de narices vamos...
Saludos
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Re: PAC 2014-2020.hay algo fijo ya?
Estoy de acuerdo con Trasgu, yo tengo tierras de familiares fallecidos que hay en Perú, que aún no se ha hecho testamento, que DNI pongo si no conozco ni a los hijos?
Y eso que soy de los que mejor lo tiene en el pueblo ya que hace 4 años al hacerme joven agricultor te obligan a hacer contratos de todo, a registrales y un montón de cosas.
En mi pueblo mucha gente tiene arrendamientos verbales antiguos, cuyos padres han fallecido y muchos hijos no vienen al pueblo, como encuantras tu los DNI´s de esos?
Y eso que soy de los que mejor lo tiene en el pueblo ya que hace 4 años al hacerme joven agricultor te obligan a hacer contratos de todo, a registrales y un montón de cosas.
En mi pueblo mucha gente tiene arrendamientos verbales antiguos, cuyos padres han fallecido y muchos hijos no vienen al pueblo, como encuantras tu los DNI´s de esos?
Última edición por Nebe el 21 Feb 2015, 13:50, editado 1 vez en total.
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Re: PAC 2014-2020.hay algo fijo ya?
Por ponerte otro ejemplo, en mi pueblo salieron a subasta unas fincas por el Ayuntamiento, pero que no son de él, sino de propietario desconocido. Aqui es fácil ya que el Ayto. es el que las subastó, pero en la subasta ya hubo gente que puso quejas porque debia ser Hacienda quien las subastara y no el Ayto.
Otro es el de fincas cambiadas hace años para poder labrar parcelas mas grandes, ahi tambien es dificil encontrar el DNI de las tierras.
Otro es el de fincas cambiadas hace años para poder labrar parcelas mas grandes, ahi tambien es dificil encontrar el DNI de las tierras.
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Re: PAC 2014-2020.hay algo fijo ya?
yo arriendo pastos de unos 50 propietarios, unos viven en america, otros no se si viven. solo se que yo pago al ayuntamiento y ellos se apañan. como me hagan ir a america a buscar propietarios, pues me retiro. luego, arriendo a unos 20 propietarios con menos de una hectarea cada uno, y parcelas de media hectarea que pertenecen a 10 herederos. como ves, alvarogarte, no estafo a nadie, solo que eso del dni del propietario es una canallada.
por otro lado, y digo yo, si se supone que tu pastas unas parcelas, cumples greening, cumples todo, produces alimentos sanos, controlados, condicionalida, y cumples tu funcion agronomica y mediambiental, ¿que puñetas tiene que exigir la administracion contratos ni dni, ni nada?, ¿que tiene que ver una cosa con la otra?.
por otro lado, y digo yo, si se supone que tu pastas unas parcelas, cumples greening, cumples todo, produces alimentos sanos, controlados, condicionalida, y cumples tu funcion agronomica y mediambiental, ¿que puñetas tiene que exigir la administracion contratos ni dni, ni nada?, ¿que tiene que ver una cosa con la otra?.
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Re: PAC 2014-2020.hay algo fijo ya?
Yo voy a desinvertir, mañana devuelvo un tractor y el GPS, es por ir haciendo caja.
Hay que estar tranquilos, dicen que los próximos 2 años van a ser muy duros (otra reconversión encubierta), pero el que aguante tendrá mucho ganado.
Hay que estar tranquilos, dicen que los próximos 2 años van a ser muy duros (otra reconversión encubierta), pero el que aguante tendrá mucho ganado.
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Re: PAC 2014-2020.hay algo fijo ya?
Eso del que aguante lo llevo oyendo toda la vida, y no mejoramos nada, al revés.agricultor2980 escribió:Yo voy a desinvertir, mañana devuelvo un tractor y el GPS, es por ir haciendo caja.
Hay que estar tranquilos, dicen que los próximos 2 años van a ser muy duros (otra reconversión encubierta), pero el que aguante tendrá mucho ganado.
Defiendo a quien me defiende.
Re: PAC 2014-2020.hay algo fijo ya?
Pues pasará igual que ahora. Si no activas derechos se perderán. Ten en cuenta que ahora la casi totalidad de las tierras tendrán derechos. Ya no pasará como en el periodo de aisgnación de derechos de pago unicco (2000-2002) y que la retirada no generó derechos.Ebano58 escribió:Estimado agricultor 2980. Yo no me aclaro mucho ni siquiera de mi caso. Pero a donde quiero llegar es a que yo tenía 170 DPUs más o menos en Has propias, y en este año me voy a quedar por imposición legal con 360 DPBs, porque dispongo de 360 Has, declaradas dsde hace 21 años, la mitad tierras alquiladas, y voy a tener que declararlas todas en 2015 para evitar males mayores todavía. Si por lo que sea mi arrendador al terminar el contrato vende la finca o no puedo pagar el alquiler nuevo, no voy a tener superficie sin derechos en mi comarca donde activar esos 180 DPBs sin tierra queme quedarán en ese momento y casi se los voy a tener que vender al dueño de esas Has por lo que me quiera dar.agricultor2980 escribió: D e mi casuística personal me voy orientando algo, de lo demás no me da la cabeza para tanto.
En respuesta a su duda que me plantea en su último mensaje le adjunto este vídeo que puede ser ilustrativo, es de la feria Agraria 2015 de Valladolid
https://www.youtube.com/watch?feature=p ... ZV6uaMHpVU
¿No le parece que estoy en lo cierto?