Buenos días,
resulta que tengo arrendadas las viñas e hice una cesión temporal de derechos de 5 años mientras que duraba el contrato. Actualmente aparecen a mi nombre pero como cedidas. El contrato acaba este año 2014 pero con el cambio de leyes yo pierdo todos mis derechos y no los puedo recuperar (según me han comentado porque quien hizo la PAC en 2013 es a quien se los dan) . El señor al que se las tengo arrendadas no me los va a querer ceder voluntariosamente y recuperarlos mediante la cesión temporal tampoco.... ¿pierdo mis derechos de viñedo que he estado pagando letras hasta hace 2 años?
¿Qué puedo hacer?
Recuperar derechos de viñedo
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Re: Recuperar derechos de viñedo
Los derechos de viñedo no se exactamente lo que son.
1.- Puede que se generasen por el viñedo por el alcohol de uso de boca pero son derechos de pago único que se activan en tierra. Esos derechos si el contrato finalizaba con posterioridad al 15 de mayo de 2014 son propiedad del arrendatario y si quiere se cederán y si no puede que no lo haga.
2.- Otra cosa serían los derechos de plantación de viñedo pero estos no se arriendan solamente se compran.
Entiendo que la situación que planteas es la primera.
1.- Puede que se generasen por el viñedo por el alcohol de uso de boca pero son derechos de pago único que se activan en tierra. Esos derechos si el contrato finalizaba con posterioridad al 15 de mayo de 2014 son propiedad del arrendatario y si quiere se cederán y si no puede que no lo haga.
2.- Otra cosa serían los derechos de plantación de viñedo pero estos no se arriendan solamente se compran.
Entiendo que la situación que planteas es la primera.
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Re: Recuperar derechos de viñedo
Estás metido en un buen follón. Te recomiendo que te busques un buen abogado.
Las viñas entiendo que continúan siendo tuyas. Allí es donde tal vez puedas encontrar la forma mejor de recomprar los nuevos DPBs. Pero no se muy bien como se activan dpbs de viñedo, si es fácil o no.
Puede ser que en estos años pasados, el inquilino o arrendatario haya comprado viñedo sin derechos o haya plantado nuevos viñedos en otras Has de su propiedad o no lo haya hecho.
Si el arrendatario no tiene otra superficie de viñedo distinta de la tuya donde activar esos derechos al final del contrato, tal vez le sea muy difícil activarlos en 2015 en otras viñas dentro de la misma comarca o región de viñedo, porque todas las Has tendrán sus correspondientes DPBs correspondientes en 2015, y no quedaran, o no deberían quedar según entiendo yo, Has sin derechos. Por ese motivo tal vez podrías recuperarlos llegando a un acuerdo con el arrendatario.
En este caso de abajo termina el contrato en 2015.
http://www.fundacioncajaruralburgos.org ... estas-pac/
Tengo arrendadas mis tierras y mis derechos de pago único, ¿qué ocurrirá cuando concluya el arrendamiento, si concluye en 2015 o un año posterior?
En estas circunstancias, el arrendatario es quien viene solicitando las ayudas de la PAC, de manera que será quien pueda cumplir los requisitos indicados en la pregunta 1 y recibir por ello una asignación de derechos de pago básico en 2015.
Una vez finalizado el arrendamiento, ocurrirá lo que hayan acordado las partes en el contrato de arrendamiento. Si las partes han acordado que, al término del contrato, el arrendatario debe devolver los derechos de pago básico generados a la parte arrendadora, ésta, siempre que cumpla el requisito de ser agricultor activo, podrá recuperar los derechos generados junto con las tierras y activarlos, o cederlos directamente a un nuevo arrendatario, que igualmente tendrá que cumplir la condición de agricultor activo.
Según este otro recorte, el asunto es mucho más difícil.
http://www.asajacyl.com/extras/leon/inf ... VA_PAC.pdf
2. DERECHOS ARRENDADOS
En el 2014 no se producen cambios respecto a los derechos que están arrrendados. En el 2015, estos derechos arrrendados desaparecen, por lo tanto el arrendador los pierde. Los importes recibidos por el arrendatario, que es el agricultor que cultivaba esas tierras, durante 2014, se tendrá en cuenta para el cálcuo de sus derechos de pago base de 2015.
Las viñas entiendo que continúan siendo tuyas. Allí es donde tal vez puedas encontrar la forma mejor de recomprar los nuevos DPBs. Pero no se muy bien como se activan dpbs de viñedo, si es fácil o no.
Puede ser que en estos años pasados, el inquilino o arrendatario haya comprado viñedo sin derechos o haya plantado nuevos viñedos en otras Has de su propiedad o no lo haya hecho.
Si el arrendatario no tiene otra superficie de viñedo distinta de la tuya donde activar esos derechos al final del contrato, tal vez le sea muy difícil activarlos en 2015 en otras viñas dentro de la misma comarca o región de viñedo, porque todas las Has tendrán sus correspondientes DPBs correspondientes en 2015, y no quedaran, o no deberían quedar según entiendo yo, Has sin derechos. Por ese motivo tal vez podrías recuperarlos llegando a un acuerdo con el arrendatario.
En este caso de abajo termina el contrato en 2015.
http://www.fundacioncajaruralburgos.org ... estas-pac/
Tengo arrendadas mis tierras y mis derechos de pago único, ¿qué ocurrirá cuando concluya el arrendamiento, si concluye en 2015 o un año posterior?
En estas circunstancias, el arrendatario es quien viene solicitando las ayudas de la PAC, de manera que será quien pueda cumplir los requisitos indicados en la pregunta 1 y recibir por ello una asignación de derechos de pago básico en 2015.
Una vez finalizado el arrendamiento, ocurrirá lo que hayan acordado las partes en el contrato de arrendamiento. Si las partes han acordado que, al término del contrato, el arrendatario debe devolver los derechos de pago básico generados a la parte arrendadora, ésta, siempre que cumpla el requisito de ser agricultor activo, podrá recuperar los derechos generados junto con las tierras y activarlos, o cederlos directamente a un nuevo arrendatario, que igualmente tendrá que cumplir la condición de agricultor activo.
Según este otro recorte, el asunto es mucho más difícil.
http://www.asajacyl.com/extras/leon/inf ... VA_PAC.pdf
2. DERECHOS ARRENDADOS
En el 2014 no se producen cambios respecto a los derechos que están arrrendados. En el 2015, estos derechos arrrendados desaparecen, por lo tanto el arrendador los pierde. Los importes recibidos por el arrendatario, que es el agricultor que cultivaba esas tierras, durante 2014, se tendrá en cuenta para el cálcuo de sus derechos de pago base de 2015.
Evidentemente no está hecha la miel para la boca del asno
Re: Recuperar derechos de viñedo
los derechos de viñedo , solo valen para nueva plantacion , asi que lo mejor es que los vendas si no piensas plantar , ya que tienen plazo de caducidad .
En la mancha manchega hay mucho vino..mucho pan ..mucho aceite y mucho tocino...y ahora tambien mucho pistacho
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Re: Recuperar derechos de viñedo
Muchas gracias a todos por las aclaraciones. Entonces los perdería, y el dueño si quisiera devolvermelos porque a él no le valdrian (a no ser que tuviera viñas sin derechos y que fueran de la misma superficie) entonces los recuperaría.
Gracias de nuevo
Gracias de nuevo
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Re: Recuperar derechos de viñedo
No se pueden tener viñas sin derechos, sería una viña ilegal y te obligarán a arrancarla
Los derechos de viñedo no funcionan como los dpu
Los derechos de viñedo no funcionan como los dpu
"Que me quiten lo pinchao!!!"
Amador Rivas,
Amador Rivas,
Re: Recuperar derechos de viñedo
Amigo estamos confundiendo varios conceptos. Los derechos de pago único son los derechos historicos que vienen cobrando los agricultores con referencia a unos determinados años, y que desaparecen este año.
A partir de 2015 nos asignarán el pago básico por el importe cobrado en 2014 dividido en las has que declaramos en 2013 (+ acoplados, pago verde.....)
Los derechos de plantación de viñedo también son derechos históricos que pertenecen a la persona que los inscribió y a la parcela en la que están declaradas las viñas, no se pueden cambiar de parcela ni de dueño sin antes solicitarlo al Registro Vitícola de la Comunidad Autonoma en cuestión.
Por tanto te recomendaría que llamases al Registro Viticola de tu Comunidad para ver cual es la situación de tu viñedo.
Un saludo.
A partir de 2015 nos asignarán el pago básico por el importe cobrado en 2014 dividido en las has que declaramos en 2013 (+ acoplados, pago verde.....)
Los derechos de plantación de viñedo también son derechos históricos que pertenecen a la persona que los inscribió y a la parcela en la que están declaradas las viñas, no se pueden cambiar de parcela ni de dueño sin antes solicitarlo al Registro Vitícola de la Comunidad Autonoma en cuestión.
Por tanto te recomendaría que llamases al Registro Viticola de tu Comunidad para ver cual es la situación de tu viñedo.
Un saludo.