notill escribió:Me refiero a los que tienen pastos sin ganado, pero tambien tierras de cultivo, en este caso creo que pueden pasar a engrosar el valor de los de TA.
Por supuesto que lo que no harán es asignar DPB en pastos en 2015 al que esté en REGA
Yo pienso que si no se buscan tierras de secano o de riego o de cultivos permanentes nuevas y sin derechos actualmente, para justificar en 2014 los derechos que han tenido activados en pastos hasta 2013 inclusive, en 2015 pierden esos derechos. Pero intento hacer un razonamiento lógico. No se que pasará finalmente.
De lo contrario se irían agrupando derechos más caros en muchas menos HAs en 2015, aparte del efecto negativo que tendría la concentración de derechos para el propio declarante en la convergencia posterior.
Yo pienso que en 2015 nadie podrá declarar y cobrar derechos si declara menos Has que derechos. Es decir si no activa cada uno de sus derechos en una sola Ha,independientemente de que después se los prorrateen, si pertenecen al mismo suelo. Si son en suelos distintos van a regiones distintas.
Evidentemente no está hecha la miel para la boca del asno
Cuan"d"*o mas uniforme sea la zona agrícola (monocultivo) , mas se
aproximarà el valor medio de la comarca/uso al valor de los
beneficiarios que aportan importes y menos convergencia.
Debería poner "cuanto".
menos convergencia se refiere a que en esa comarca de monocultivo habrá menos transferencias de dinero entre beneficiarios de la misma comarca, que si la comarca hubiera gente con 500€/Ha y otros de 100€. Con lo del monocultivo, en realidad se refieren por ejemplo a las consecuencias económicas del monocultivo en una comarca agraria tradicional en que casi todo el mundo siembra cebada o arroz y todos cobran lo mismo más o menos. Y además todas las HAs elegibles se cultivan y tienen derechos históricos desde 2002, y no hay otras superficies elegibles que distorsionen a la larga los importes de todos los derechos. Porqu en esas HAs donde las hay sin derechos, la gente o bien compra derechos para activarlos allí, o bien las arrienda para que otros activen derechos caros, y ya se forma el follón.
Evidentemente no está hecha la miel para la boca del asno
Ojala sea como dicen Ébano y Napar, porque yo había entendido últimamente eso que he puesto según lo oído y leido y me parecía una tomadura de pelo muy seria cuando siempre he pensado que todo esto tiene que ir a tasa plana en 2020 y yo también había pensado siempre como vosotros dos.
Voy a echar un vistazo al pdf.
Pd:Por cierto encontré donde venia el texto referente a limitar las hectáreas:
En España se ha decidido analizar en un grupo técnico interno entre el Ministerio y las Comunidades Autónomas qué mecanismo de limitación cuantitativa de superficies es el más adecuado, bien limitar la superficie a la declarada en 2013, bien aplicar el porcentaje del 135 al 145% de la superficie ajustada a derechos en 2009. En principio, la superficie potencialmente elegible podría ser del orden de 22,5 millones de hectáreas, que es la superficie declarada en 2011, lo que representaría un incremento aceptable respecto a la superficie actual.
En esta nota de prensa nos cuenta que el ministerio no descarta que haya otro ajuste por "disci
plina financiera" este año .Cuando el rio suena.......malo malo.
Saludos
El Ministerio de Agricultura aplicará en este ejercicio una reducción lineal general del 8,64% sobre el conjunto de las ayudas europeas directas ligadas o no a la producción de la PAC, que se pueden solicita ya desde el pasado 17 de febrero. Este recorte no descarta la posibilidad de que en este mismo año se pueda aplicar otro ajuste por disciplina financiera. En 2013 esa reducción complementaria fue del 2,5%.
La campaña pasada, de acuerdio con la vigente Política Agrícola Común, se aplicó una modulación del 10% en las ayudas para los pagos que superasen los 5.000 euros por beneficiario. Ello suponía que unos 400.000 perceptores recibían integramente las ayudas solicitadas. Sin embargo, esta campaña en la reglamentación de transición dispuesta por Bruselas de cara a la aplicación en 2015 de la reforma de la Política Agrícola Común, se da libertad al cada pais para aplicar políticas de recorte para ajustar las disponibilidades financieras a las peticiones de ayuda. De acuerdo con esas competencias, la Administración agraria española ha optado por aplicar el recorte del 8,64 % a todos los pagos hechos en el ejercicio anterior, algo más de 4.900 millones de euros, para el reparto de los 4.489,2 millones de euros, que es la dotación financiera máxima en España este año para el regimen de pago único.
Para Agricultura, con la aplicación de ese porcentaje, el sector agrario seguirá recibiendo en 2014 los mismos fondos que los cobrados en 2013 con el ajuste del 10%. Sin embargo, la organización agraria Upa denuncia que esta medida supone una clara discriminaciòn en detrimento de los intereses de los más pequeños, de los profesionales del campo y en beneficio de los más grandes.
Con la anterior reglamentación, un agricultor con unos ingresos por el pago único de hasta 5.000 euros no sufría ningún descuento. Con un cobro de hasta los 10.000 euros, a un perceptor se le retenían 500 euros. Sin embargo, con el nuevo escenario diseñado desde Agricultura, dejará de cobrar 864 euros.
Según los cálculos del sector, con este mecanismo quedarán peor parados los perceptores con ingresos hasta los 36.000 euros, grupo en el que se halla el colectivo más importante de profesionales del campo. Por el contrario, con esa rebaja del 8,64% sufrirán menos recortes que en la campaña anterior quienes cobran ayudas por encima de esa cantidad.
Buenas tardes, haber si alguien me puede aclarar el tema de la convergencia. Comp quedaria un derecho de 400 euros en una comarca de 200 euros el derecho, esta clarom que para abajo, pero como se hace en un ejemplo le devaluacion de ese derecho de 400 euros en esos 5 años? GRACIAS
Ese derecho de 400€ en una comarca de 200 te irian reduciendo cada año y en 2019 te habran reducido un 30%,se te quedaria el derecho en 280€.Si es al contrario lo maximo que te pueden aumentar el derecho es de un 60%,si tienes derechos de 10€ que los hay se cobrara por el 2019 16€ aunque la media de la comarca sea de 200€.
¿No es que aumentan hasta el 60% del valor de la región?: En ese caso serían 120€ y no 16€. Allí pienso yo, si no estoy equivocado, es donde algunos van a ganar mucha pasta, activando derechos baratos en comarcas caras. Y en 2020 de 120€ a 200€ del tirón, según dicen en Europa (Tasa plana regional)
Última edición por Ebano58 el 12 Mar 2014, 20:09, editado 1 vez en total.
Evidentemente no está hecha la miel para la boca del asno
jesusvillena escribió:Buenas tardes, haber si alguien me puede aclarar el tema de la convergencia. Comp quedaria un derecho de 400 euros en una comarca de 200 euros el derecho, esta clarom que para abajo, pero como se hace en un ejemplo le devaluacion de ese derecho de 400 euros en esos 5 años? GRACIAS
Supongo que todos los derechos en el caso que comentas son de 400€ actuales, porque si no, antes de hacer la convergencia hay que promediar todos los derechos activados en cada tipo de superficie, es decir sumarlos y dividir por el número de Has de esa clase. Una vez estén igualados de precio, entran a formar parte de una región y la convergencia se hace respecto al valor determinado del derecho para esa región.
Pero el calculo de la convergencia no se debe hacer respecto al valor medio de la comarca, sino al valor de los derechos en la región a la que vaya a parar la comarca entera finalmente para ese tipo de suelo. Es decir, si el valor medio comarcal es 200€, pero el valor de la región es 215€, la convergencia se hace desde 400€ a 215€, no a 200€.Aunque lo lógico en este caso es que si los derechos comarcales tienen una media exacta de 200, o muy aproximada, terminen en una región de 200, pero me refiero al concepto de como se calcula la convergencia. Podrían ser 192€ de valor comarcal medio, y entonces sería fácil que fueran a una región de 200€.
Evidentemente no está hecha la miel para la boca del asno
Efectivamente ebano asi se presupone y como dijistes en otro post dependera si tu comarca se queda en cabeza de raton o cola de leon al meterla en su region correspondiente.
de todas formas si van hacer 22 estratos (regiones) pues por ejemplo en pastos iran practicamente en intervalos muy cortos asi que no creo que daran grandes diferencias...
No entiendo bien el mensaje de Aln con el calculo .Yo creo que pone claro en el reglamento que el derecho asignado debe llegar en 2020 minimo al 60 % de la media regional, no que vaya a crecer un 60% .
Ebano58 escribió:¿No es que aumentan hasta el 60% del valor de la región?: En ese caso serían 120€ y no 16€. Allí pienso yo, si no estoy equivocado, es donde algunos van a ganar mucha pasta, activando derechos baratos en comarcas caras. Y en 2020 de 120€ a 200€ del tirón, según dicen en Europa (Tasa plana regional)
Efectivamente aumentan hasta el 60% del valor de la región, no el valor del derecho en un 60%.
En cuanto a los que compren derechos de bajo valor para activar en comarcas caras, con el fin de ganar pasta, lo veo absurdo. Si son derechos que ya tienen y se encuentran en una comarca cara, entonces si, se verán beneficiados.
Buenas noches, estoy buscando resuesta para la siguiente pregunta: Si compro un decho sin tierra valorado en 4500 euros y lo asocio a 20 hAs de tierra declaradas en 2013 y actualmente sin derechos, cómo quedaria la situación?. Este derecho que me quieren transferir pertenece a un Señor que lo viene cobrando por haber tenido ganado pero actualmente ese derecho solo tiene asociaa una Ha. de tierra.
También he pensado cederle a este Sñor las 20 Has de tierra que actualmente no tienen derechos y se declararon en 2013 porque parece ser que si no le asignan Has a ese derecho en el 2015 se le queda reducido en un 60%.
Haber si alguien puede poner un poquito de luz a tanta incertidumbre. Gracias.
Hola! Tengo 2 derechos de pago unico especiales y uno normal, tengo ovejas y las quiero vender con lo cual tendria que pasar los derechos especiales a normales y justificarlos con 2 ha que tengo de supercies forrajeras, en 2015 estas superfices forrajeras serían validas o se consideran pastos y al no tener animales no valdrían.
Hola! Tengo 2 derechos de pago unico especiales y uno normal, tengo ovejas y las quiero vender con lo cual tendria que pasar los derechos especiales a normales y justificarlos con 2 ha que tengo de supercies forrajeras, en 2015 estas superfices forrajeras serían validas o se consideran pastos y al no tener animales no valdrían.
Yo tengo 23 derechos de menos de 2 €.
Cuando cobre iré al banco con escoltas , no vaya a ser.....
JAJAJa pero que has hecho muchacho!!!??? yo tengo 40 derechos de 18 € cada uno pero siempre hay alguno que te supera.
Mucha suerte para los que estan en la misma situación y a ver si la injusticia no dura mucho y vamos convergiendo a una situación algo mas justa.
En cuanto a los que compren derechos de bajo valor para activar en comarcas caras, con el fin de ganar pasta, lo veo absurdo. Si son derechos que ya tienen y se encuentran en una comarca cara, entonces si, se verán beneficiados.
Y si alguien compra derechos baratos sin tierra en 2014 por ej de 50€/derecho y los activa en el mismo año 2014 en una comarca de media 250€ en superficie sin derechos pero de media 250€, y donde él no tenía derechos previos activados en HAs para promediarlos con esos nuevos...¿Que sucederá a partir de 2015 con el valor de esos derechos?¿No terminarán en 2019 valiendo alrededor de 150€, el triple del valor inicial? Dime si lo sigues viendo tan absurdo y por qué. e parece que no estoy razonando bien en algún punto. Gracias.
Evidentemente no está hecha la miel para la boca del asno
aun se puede rizar mas el rizo:
¿que pasaria si alguien que ha declarado 20 hectareas de pasto con unos derechos de pago unico de 50€ cada uno en el año 2013 y en 2015 vuelve a declarar esas 20 hectareas con los 20 derechos de 50 € pero en vez de en pastos en tierra de regadio???
Supongamos que el regadio de su comarca lo metan en una region de 500€, ¿podrian esas 20 hectareas con esos derechos converger hacia el 60 % de los 500 €?
Seria el milagro de los panes y los peces.
serrano escribió:Hola! Tengo 2 derechos de pago unico especiales y uno normal, tengo ovejas y las quiero vender con lo cual tendria que pasar los derechos especiales a normales y justificarlos con 2 ha que tengo de superficies forrajeras, en 2015 estas superfices forrajeras serían validas o se consideran pastos y al no tener animales no valdrían.
No se si con forrajera te refieres a pastos o Has de labor de secano sin derechos previos que has alquilado para activarlos. Si los activas en pastos en 2014, podrías perderlos a final de 2014 definitivamente. Yo que tú intentaría activarlos este año en superficie distinta de pastos y sin ganado, o los vendería ya ahora. De todas formas en tu caso vas a ir perdiendo valor anual en el mejor de los casos hasta el 70%, los actives donde sea.
Evidentemente no está hecha la miel para la boca del asno
Napar escribió:aun se puede rizar mas el rizo:
¿que pasaria si alguien que ha declarado 20 hectareas de pasto con unos derechos de pago unico de 50€ cada uno en el año 2013 y en 2015 vuelve a declarar esas 20 hectareas con los 20 derechos de 50 € pero en vez de en pastos en tierra de regadio???
Supongamos que el regadio de su comarca lo metan en una region de 500€, ¿podrian esas 20 hectareas con esos derechos converger hacia el 60 % de los 500 €?
Seria el milagro de los panes y los peces.
Pienso que teóricamente es posible si los activa previamente en Has de regadío en 2014. Pero para eso tiene que encontrar superficie de regadío sin derechos. Quizá la "haiga". Pero "a priori" parece difícil.
Última edición por Ebano58 el 12 Mar 2014, 23:07, editado 1 vez en total.
Evidentemente no está hecha la miel para la boca del asno