normativa que regula el transporte de aperos agrícolas
normativa que regula el transporte de aperos agrícolas
Buenas tardes,
Soy nuevo aquí, tengo que hacer un trabajo para la uni y he visto en algunas entradas que alguien reproducia normativa sobre el transporte de aperos agrícolas. ¿Me podías decir qué normativa es la que
regula este aspecto?.
Posiblemente la haya leido completa, pero siempre por partes, así que me gustaría asegurarme.
Además me surgen dudas, porque siempre veo en los aperos agrícolas suspendidos luces y según he leido por algún sitio, no tienen obligación de llevar, pero tampoco pueden tapar las del tractor, por lo que me imagino que ese es el motivo para llevarlas.
Todos los aperos que llevan luces, ¿deben seguir alguna normativa en cuanto a su ubicación, intensidad, etc. o es la misma que para el tractor que les transporta?.
Les agradecería cualquier información que me pudiesen facilitar cuanto antes.
Gracias
Soy nuevo aquí, tengo que hacer un trabajo para la uni y he visto en algunas entradas que alguien reproducia normativa sobre el transporte de aperos agrícolas. ¿Me podías decir qué normativa es la que
regula este aspecto?.
Posiblemente la haya leido completa, pero siempre por partes, así que me gustaría asegurarme.
Además me surgen dudas, porque siempre veo en los aperos agrícolas suspendidos luces y según he leido por algún sitio, no tienen obligación de llevar, pero tampoco pueden tapar las del tractor, por lo que me imagino que ese es el motivo para llevarlas.
Todos los aperos que llevan luces, ¿deben seguir alguna normativa en cuanto a su ubicación, intensidad, etc. o es la misma que para el tractor que les transporta?.
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Re: normativa que regula el transporte de aperos agrícolas
Si de verdad eres universitario, eres el primero que conozco que no sabe usar google, o tal vez le tienes alergia. En sangoogle, sabiendo buscar, está casi todo.
-RESUMEN
http://aplch.dgt.es/PEVI//documentos/ca ... ctores.pdf
BASADO EN Reglamento General de Vehículos
Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos
Orden IET/1624/2012, de 16 de julio, por la que se regula la homologación de placas de matrícula para vehículos de motor y remolques
Orden PRE/52/2010, de 21 de enero, por ... gisla.html
En este foro habitualmente entra gente a reirse de los del campo, a ver si saben o no tal cosa, y al parecer por lo que se dice, de quién más se ríen es de mí. Espero que tú no seas no de ellos, y por eso te contesto. Aunque en realidad a mi me da igual. Yo gracias a Dios tengo la vida resuelta. El primero que se ríe de mí soy yo mismo, y el que más.
De luces no te fijes en la intensidad sino en la homologación, pero además, lo importante es el, peso que debe ser adecuado al hidráulico del tractor, y sobre todo la anchura del apero, porque una sembradora suspendida nueva de 3,75 metros rígida, las lleva muy bonitas de fábrica, pero no puede circular con más de 3,10 según dicen los expertos. Menos mal que solamente cruza la carretera. Sin embargo, el folleto en la pag 29 dice algo ininteligible para una mente primitiva como la mía, o tal vez muy mal expresado. Por favor, si lo entiendes me lo explicas, más que nada por curiosidad. En realidad no me afecta para nada.
Para los útiles, aperos y otros equipos agrícolas montados, suspendidos o semisuspendidos en tractores o motocultores (la anchura máxima) será: la del equipo parado, disminuida en la distancia en que la parte derecha sobresalga lateralmente de la cara más externa de las ruedas del mismo lado del vehículo que las porte o arrastre, con un máximo de 0,50 metros.
En otro artículo:
Los vehículos agrícolas que superen 3,50 metros de anchura o 20,55 metros de longitud se consideran Transporte Especial y deberán ir acompañados por un vehículo piloto que advierta de su presencia. Este vehículo debe llevar la luz giratoria naranja V2 circulando a una distancia mínima de 50 metros por detrás en autovía y 50 metros como mínimo por delante en el resto de vías.
Un saludo.
-RESUMEN
http://aplch.dgt.es/PEVI//documentos/ca ... ctores.pdf
BASADO EN Reglamento General de Vehículos
Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos
Orden IET/1624/2012, de 16 de julio, por la que se regula la homologación de placas de matrícula para vehículos de motor y remolques
Orden PRE/52/2010, de 21 de enero, por ... gisla.html
En este foro habitualmente entra gente a reirse de los del campo, a ver si saben o no tal cosa, y al parecer por lo que se dice, de quién más se ríen es de mí. Espero que tú no seas no de ellos, y por eso te contesto. Aunque en realidad a mi me da igual. Yo gracias a Dios tengo la vida resuelta. El primero que se ríe de mí soy yo mismo, y el que más.
De luces no te fijes en la intensidad sino en la homologación, pero además, lo importante es el, peso que debe ser adecuado al hidráulico del tractor, y sobre todo la anchura del apero, porque una sembradora suspendida nueva de 3,75 metros rígida, las lleva muy bonitas de fábrica, pero no puede circular con más de 3,10 según dicen los expertos. Menos mal que solamente cruza la carretera. Sin embargo, el folleto en la pag 29 dice algo ininteligible para una mente primitiva como la mía, o tal vez muy mal expresado. Por favor, si lo entiendes me lo explicas, más que nada por curiosidad. En realidad no me afecta para nada.
Para los útiles, aperos y otros equipos agrícolas montados, suspendidos o semisuspendidos en tractores o motocultores (la anchura máxima) será: la del equipo parado, disminuida en la distancia en que la parte derecha sobresalga lateralmente de la cara más externa de las ruedas del mismo lado del vehículo que las porte o arrastre, con un máximo de 0,50 metros.
En otro artículo:
Los vehículos agrícolas que superen 3,50 metros de anchura o 20,55 metros de longitud se consideran Transporte Especial y deberán ir acompañados por un vehículo piloto que advierta de su presencia. Este vehículo debe llevar la luz giratoria naranja V2 circulando a una distancia mínima de 50 metros por detrás en autovía y 50 metros como mínimo por delante en el resto de vías.
Un saludo.
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Re: normativa que regula el transporte de aperos agrícolas
Buenas tardes,
Te veo un poco suspicaz, por eso voy a hacer alguna aclaración:
1º, creo que la idea esa de reirse de los de campo, está tan pasada, como la ignorancia generalizada. Es decir, hoy en los tiempos en los que hay un mínimo de cultura en general, ya no nos consideramos más listos ni más tontos por pertenecer a un gremio o a otro, cada uno sabe de lo suyo, y por eso me he metido yo a este foro. Para preguntar a quien creo que lo tiene claro.
2º, He navegado por San Google, y ya he dicho que he leido mucho del tema, pero son todos retazos, lo lógico en google, por eso buscaba la normativa completa. La de tractores ya la tenía y la de vehículos a motor también, pero tengo las dudas que he escrito en mi anterior entrada y tampoco sabía qué modificaciones había en la norma.
Ahora, gracias a ti, creo tener la normativa completa y me la leeré despacio, para intentar solucionar mis dudas. En lo que se refiere a esa compleja descripción sobre la anchura del apero, solo tengo que decir :shock: , pero conforme vaya desarrollando el trabajo espero dedicar algo de tiempo a entenderla y aclararme. Si entonces sigues interesado, puedo escribir una entrada con mi opinión.
Ah, sobre todo muchas gracias, me has ayudado mucho.
Te veo un poco suspicaz, por eso voy a hacer alguna aclaración:
1º, creo que la idea esa de reirse de los de campo, está tan pasada, como la ignorancia generalizada. Es decir, hoy en los tiempos en los que hay un mínimo de cultura en general, ya no nos consideramos más listos ni más tontos por pertenecer a un gremio o a otro, cada uno sabe de lo suyo, y por eso me he metido yo a este foro. Para preguntar a quien creo que lo tiene claro.
2º, He navegado por San Google, y ya he dicho que he leido mucho del tema, pero son todos retazos, lo lógico en google, por eso buscaba la normativa completa. La de tractores ya la tenía y la de vehículos a motor también, pero tengo las dudas que he escrito en mi anterior entrada y tampoco sabía qué modificaciones había en la norma.
Ahora, gracias a ti, creo tener la normativa completa y me la leeré despacio, para intentar solucionar mis dudas. En lo que se refiere a esa compleja descripción sobre la anchura del apero, solo tengo que decir :shock: , pero conforme vaya desarrollando el trabajo espero dedicar algo de tiempo a entenderla y aclararme. Si entonces sigues interesado, puedo escribir una entrada con mi opinión.
Ah, sobre todo muchas gracias, me has ayudado mucho.
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Re: normativa que regula el transporte de aperos agrícolas
Bueno hombre, me estaba vacunando por si acaso. No sabe uno con quien se juega los cuartos. Espero que a partir de ahora surja entre nosotros una buena amistad.
Celebro que te haya servido, y espero ansioso que descifres el jeroglífico de la anchura. Y encantado estaré de enterarme, aunque creo que con un coche guia con pirulo delante no hay problema para llegar al pueblo a una reparación por ejemplo, o llegar a un terreno alejado para sembrar si se tercia algún día.
Un saludo.
Celebro que te haya servido, y espero ansioso que descifres el jeroglífico de la anchura. Y encantado estaré de enterarme, aunque creo que con un coche guia con pirulo delante no hay problema para llegar al pueblo a una reparación por ejemplo, o llegar a un terreno alejado para sembrar si se tercia algún día.
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Re: normativa que regula el transporte de aperos agrícolas
Ebano,el geroglifico creo que dice lo siguiente;La anchura maxima permitida para circular por carretera en maquinaria agricola es 2,55m y se puede rebasar en 50 cm, siempre que no se sobrepase los 3,05m y la parte que sobresalga sea por el lado derecho del tractor y por el lado izquierdo no salga nada.
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Re: normativa que regula el transporte de aperos agrícolas
pero no se aplica la misma normativa de remolques en coches?
Soy de la España VACILADA.
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Re: normativa que regula el transporte de aperos agrícolas
Eso será lo que quiere decir, pero sigo sin entenderlo. Pero si es cierto, en tal caso ninguna sembradora podría circular porque todas las de más de 2,55 sobresalen por ambos lados. Solamente podrían circular las segadoras de forraje.Camino60 escribió:Ebano,el geroglifico creo que dice lo siguiente;La anchura maxima permitida para circular por carretera en maquinaria agricola es 2,55m y se puede rebasar en 50 cm, siempre que no se sobrepase los 3,05m y la parte que sobresalga sea por el lado derecho del tractor y por el lado izquierdo no salga nada.
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Re: normativa que regula el transporte de aperos agrícolas
Asi se supone que es Ebano,la sembradora sobresale por los dos lados y no cumpliria esa norma,yo la grada de discos que mide 3m la desplazo para la derecha y al llegar a la parcela la centro y a trabajar.
Un saludo.
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Re: normativa que regula el transporte de aperos agrícolas
¿Entonces por qué dicen algunos que una sembradora de 3,10 m de anchura máxima si que puede circular por carretera sin desplazar el tiro?Camino60 escribió:Asi se supone que es Ebano,la sembradora sobresale por los dos lados y no cumpliria esa norma,yo la grada de discos que mide 3m la desplazo para la derecha y al llegar a la parcela la centro y a trabajar.
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Re: normativa que regula el transporte de aperos agrícolas
Ebano,como se dicen tantas cosas,yo compre el año pasado una grada de discos noli de 22 discos y los de noli así me lo explicaron me dieron su ficha técnica para matricularla y otro vendedor de maquinaria agrícola de ni zona me aconsejó que esperara que se estaba esperando una resolucion que los aperos semisuspendidos podian quedar exentos de matriculacion aunque superaran los 750kg de peso,total un lio,cada cual lo cuenta de como le parece.
Un saludo.
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Re: normativa que regula el transporte de aperos agrícolas
No me refería a matriculación, sino a autorización para circular enganchados al tractor o no. Para mí sigue siendo un misterio, porque al parecer con un vehículo guía delante con pirulo a 50 m, si que pueden circular. En realidad es simple curiosidad porque a mi no me afecta. A ver si alguien entendido me lo aclara definitivamente.
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Re: normativa que regula el transporte de aperos agrícolas
Hola yo he comprado una sembradora y les he dicho en fabrica que no pase de 3,49m.por que si no pasa de 3,50m.puede circular solamente con el permiso de anchura.De todas formas ando lo menos posible por carretera.
Re: normativa que regula el transporte de aperos agrícolas
La sembradora va rodando,sin matricula pero con luces.Lmangado escribió:Hola yo he comprado una sembradora y les he dicho en fabrica que no pase de 3,49m.por que si no pasa de 3,50m.puede circular solamente con el permiso de anchura.De todas formas ando lo menos posible por carretera.
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Re: normativa que regula el transporte de aperos agrícolas
Pero con coche piloto...
Yo saco para la cosechadora hasta 3,8 y apunto todos los tractores al permiso.
Tengo que ir con coche piloto, pero si me pillan sin él, por lo menos igual es sólo administrativo. No lo sé
Yo saco para la cosechadora hasta 3,8 y apunto todos los tractores al permiso.
Tengo que ir con coche piloto, pero si me pillan sin él, por lo menos igual es sólo administrativo. No lo sé
Jhodete es lo que te dice JD & Co cuando se rompe tú tractor de la serie 30
Jamás llegarás a tu destino si te detienes a tirar piedras a cada perro que te ladre.
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Re: normativa que regula el transporte de aperos agrícolas

Oaguirrs, en que Universidad estudias?
No pierdes si no llegas primero : pierdes si no corres.
Re: normativa que regula el transporte de aperos agrícolas
como se hace eso de poner los tractores junto con la cosechadora.
se puede poner en el mismo permiso y cuesta lo mismo ?
se puede poner en el mismo permiso y cuesta lo mismo ?
- Jhodete
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Re: normativa que regula el transporte de aperos agrícolas
En Alava sí. Llevas todas las cartillas y me cobran lo mismo. Saco sólo un permiso en el que figuran las matrículas de los tractores. Pero creo que tienen que ser todos mios.
Jhodete es lo que te dice JD & Co cuando se rompe tú tractor de la serie 30
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Re: normativa que regula el transporte de aperos agrícolas
Me surge una pregunta más acerca de este tema, y viene al caso ya que me enteré ayer en la almazara, de que preciso un permiso especial para el transporte de mi propia aceituna desde la finca al molino. Me dicen que ese permiso lo dá el Ayuntamiento de donde tengo registrada la maquinaria, que es gratuito, y que la Guardia Civil lo está pidiendo ultimamente. Dicho permiso se llama al parecer "VIA CONDUCCION", es pa primera vez que lo oigo.
¿sabeis algo al respecto???
¿sabeis algo al respecto???
"La globalización me vuelve loco, pero tambien pobre, muy pobre"
- Jhodete
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Re: normativa que regula el transporte de aperos agrícolas
Como no sea porque en la via que da acceso a la almazara, tengais límite de peso y la autorización la de el ayuntamiento... o algo así.
Si lo da el ayuntamiento es una ordenanza municipal, por una prohibición municipal específica de tu pueblo. Digo yo...
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Re: normativa que regula el transporte de aperos agrícolas
Para,CHIJAU,José,creo que te confundiste de tema,esta pregunta la tenias que haber puesto en olivar,pero te la voy a contestar,ese permiso que comentas lleva muchos años funcionando,se llama conduce y te lo tiene que emitir el ayuntamiento del termino municipal donde este situada la parcela.
Saludos.
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