aumento del iva
asi que nos van a subir el sr zapatero el iva del gasoleo del abono. del nitrato, de la maquinaria etc y en cambio a nosotros nos van a dejar el igual el iva que nosotros cobramos. de verguenza. otras veces con menos ya se habria hecho una huelga general. el sr zapatero va a dejar a españa con un agujero que a ver quien es el guapo que viene detras y la saca de ahi.
-
- Usuario experto
- Mensajes: 2272
- Registrado: 06 Sep 2008, 16:56
- Mostrar url de tu tienda en Agroterra: Sí
- Ubicación: Valdepeñas
-
- Usuario experto
- Mensajes: 2230
- Registrado: 18 Ago 2006, 14:50
- Mostrar url de tu tienda en Agroterra: Sí
- Ubicación: CAT
Yo soy autonomo y siempre me han devuelto el iva .Un gestor te informará , tienes que pagar cuando haces las declaraciones y llevar un poco de contabilidad , pero como dice Pablo , resulta y sobre todo si compras maquinaria o haces inversiones en general.Teneis que pensar que cobramos el iva al 7% y pagamos al 16% , ahora cobraremos el 8 % y pagaremos el 18% , la progresión no es equitativa .
-
- Usuario experto
- Mensajes: 2230
- Registrado: 18 Ago 2006, 14:50
- Mostrar url de tu tienda en Agroterra: Sí
- Ubicación: CAT
Para ver claro el iva es muy facil en nuestro sector.Si facturamos 1000 euros cobramos 1070 con el 7% .Si para facturar los mil euros tenemos 500 de gastos al 16% (gasoil. reparaciones ,inversiones ) sin contar los gastos del 4% ó 7% (abonos,aguas,semillas...) cobraemos 580 .Si con estas facturas cerramos la contabilidad y no podemos recuperar el iva perdemos 10 euros. Esto contando margenes de beneficio del 50% para hacer números rápidos.Como sabéis los margenes en nuestro negocio no son del 50% , imaginaros lo que saldrá cuando ajustéis los margenes a la realidad .( actualmente es cero o poco mas , ya que si tiramos de las primas estas no llevan iva , je je )
Franc12009-10-04 16:57:19
-
- Usuario experto
- Mensajes: 2230
- Registrado: 18 Ago 2006, 14:50
- Mostrar url de tu tienda en Agroterra: Sí
- Ubicación: CAT
Un agricultor autonomo en el regimen "normal" , cuando vende sus productos cobra algun punto mas de iva , es decir , en sus facturas el iva es un poco mas alto , un 9% +- es lo que factura para compensar la diferencia , pero si lo calculas bien , esta diferencia no es suficiente para compensar el iva soportado .Si cambias de regimen y pasa a llevar un poco de contabilidad , facturas recibida y facturas emitidas , cada trimestre pagas un % según facturas y al final de año en el ultimo trimestre regularizas.Si ademas llevas una contabilidad de inversiones puedes descontar el % de inversión
Franc12009-10-04 17:55:48
-
- Usuario experto
- Mensajes: 2272
- Registrado: 06 Sep 2008, 16:56
- Mostrar url de tu tienda en Agroterra: Sí
- Ubicación: Valdepeñas
[QUOTE=Chispas84]pero te refieres a autonmomo agrario ( agricultor profesional) que te de vuelven el iva?[/QUOTE]
Tal y como dice Franc, tu puedes ser autónomo y puedes estar en modulos para el IRPF y cobrar IVA de compensación que se computa como un mayor ingreso pero que se declara en el IRPF.
Ahora bien tu puedes estar en regimen general del IRPF, con lo cual llevas una contabilidad de ingresos y gastos y cuadro de amortización de inversiones, suena complicado pero no lo es. Simplemente un libro donde apuntas lo que ingresas, otro donde apuntas lo que gastas ( con facturas se entiende ) y otro en el que anotas las cosas que te van a durar mas de un año. Compras gasoil y lo apuntas en el libro de gastos, compras una sembradora, como es maquinaria que te va a durar mas de un año, diez generalmente, cada año apuntas el 10% del valor de la maquinaria en el libro de gastos.
Luego está el IVA, puedes estar inscrito en el regimen de compensación de IVA si vendes menos de 300.000 euros al año, o estar en regimen general de IVA a petición propia vendiendo menos de esos euros u obligatoriamente si vendes mas de esos 300 mil. Esto se lleva igual que lo anterior, tu apuntas el iva que pagas en el libro correspondiente y el cobrado en otro y trimestralmente haces una declaración, luego una vez al año presentas el resumen anual y pagas si te corresponde o solicitas devolución si es el caso.
Yo he llevado muchos años así y nunca he tenido que pagar y por poner un caso, si compras un coche para uso familiar, como se considera que la mitad lo usas en tu vida personal y la mitad en tu vida laboral pues metes la mitad del iva. Un tractor que cuesta pongamos 50.000 € y pagas iva del 18 % lleva cargados 7627,12 € de IVA, lo que equivale a que si vendes cebada que cobras el 4 % debes facturar 190678 €, o lo que es lo mismo debes vender 1.466.754 kg de cebada a 13 ctms el kg para recuperar ese IVA.
Así que cuando el gestor os aconseje que lleveis la explotación en módulos, y vendeis mas de 30.000 de cosechas o ganado, buscaros otro gestor.
Tal y como dice Franc, tu puedes ser autónomo y puedes estar en modulos para el IRPF y cobrar IVA de compensación que se computa como un mayor ingreso pero que se declara en el IRPF.
Ahora bien tu puedes estar en regimen general del IRPF, con lo cual llevas una contabilidad de ingresos y gastos y cuadro de amortización de inversiones, suena complicado pero no lo es. Simplemente un libro donde apuntas lo que ingresas, otro donde apuntas lo que gastas ( con facturas se entiende ) y otro en el que anotas las cosas que te van a durar mas de un año. Compras gasoil y lo apuntas en el libro de gastos, compras una sembradora, como es maquinaria que te va a durar mas de un año, diez generalmente, cada año apuntas el 10% del valor de la maquinaria en el libro de gastos.
Luego está el IVA, puedes estar inscrito en el regimen de compensación de IVA si vendes menos de 300.000 euros al año, o estar en regimen general de IVA a petición propia vendiendo menos de esos euros u obligatoriamente si vendes mas de esos 300 mil. Esto se lleva igual que lo anterior, tu apuntas el iva que pagas en el libro correspondiente y el cobrado en otro y trimestralmente haces una declaración, luego una vez al año presentas el resumen anual y pagas si te corresponde o solicitas devolución si es el caso.
Yo he llevado muchos años así y nunca he tenido que pagar y por poner un caso, si compras un coche para uso familiar, como se considera que la mitad lo usas en tu vida personal y la mitad en tu vida laboral pues metes la mitad del iva. Un tractor que cuesta pongamos 50.000 € y pagas iva del 18 % lleva cargados 7627,12 € de IVA, lo que equivale a que si vendes cebada que cobras el 4 % debes facturar 190678 €, o lo que es lo mismo debes vender 1.466.754 kg de cebada a 13 ctms el kg para recuperar ese IVA.
Así que cuando el gestor os aconseje que lleveis la explotación en módulos, y vendeis mas de 30.000 de cosechas o ganado, buscaros otro gestor.
LOS PRODUCTOS ESPAÑOLES PRIMERO.
-
- Usuario dorado
- Mensajes: 10217
- Registrado: 28 Abr 2006, 12:31
- Mostrar url de tu tienda en Agroterra: No
- Ubicación: Los Pedroches-Córdoba
[QUOTE=Franc1] Un agricultor autonomo en el regimen "normal" , cuando vende sus productos cobra algun punto mas de iva , es decir , en sus facturas el iva es un poco mas alto , un 9% +- es lo que factura para compensar la diferencia , pero si lo calculas bien , esta diferencia no es suficiente para compensar el iva soportado .Si cambias de regimen y pasa a llevar un poco de contabilidad , facturas recibida y facturas emitidas , cada trimestre pagas un % según facturas y al final de año en el ultimo trimestre regularizas.Si ademas llevas una contabilidad de inversiones puedes descontar el % de inversión[/QUOTE]
Si te retiene el comprador un 2% del importe de la fra sin IVA, no tienes que ingresar nada trimestralmente en pagos fraccionados. Solamente declararlo, y además presentar la declaración trimestral de iVA en impreso aparte. No te digo el número de cada impreso por que los han cambiado este año y no me acuerdo.
Si te retiene el comprador un 2% del importe de la fra sin IVA, no tienes que ingresar nada trimestralmente en pagos fraccionados. Solamente declararlo, y además presentar la declaración trimestral de iVA en impreso aparte. No te digo el número de cada impreso por que los han cambiado este año y no me acuerdo.
Evidentemente no está hecha la miel para la boca del asno
-
- Usuario experto
- Mensajes: 2272
- Registrado: 06 Sep 2008, 16:56
- Mostrar url de tu tienda en Agroterra: Sí
- Ubicación: Valdepeñas
Ebano, tienes que presentar declaraciones trimestrales si te han retenido ese 2% en menos del 70 % de tus ingresos o ventas. Por contra cuando te han retenido ese 2% en mas del 70 % de tus ingresos el año anterior no tienes que presentar las declaraciones trimestrales, antes era el impreso 130.
Ese 2 % de retención figura en la declaración de la renta igual que las retenciones de los trabajadores, de forma que si en tu declaración no te saliese a pagar nada, deberian devolverte todo lo retenido.
Ese 2 % de retención figura en la declaración de la renta igual que las retenciones de los trabajadores, de forma que si en tu declaración no te saliese a pagar nada, deberian devolverte todo lo retenido.
LOS PRODUCTOS ESPAÑOLES PRIMERO.
-
- Usuario dorado
- Mensajes: 10217
- Registrado: 28 Abr 2006, 12:31
- Mostrar url de tu tienda en Agroterra: No
- Ubicación: Los Pedroches-Córdoba
Entonces eso es nuevo. Antiguamente se declaraba siempre trimestralmente el 130. Debe ser que ha cambiado. Pero yo lo sigo haciendo. Tendré que dejar de declararlo a partir de ahora. Todavía más cómodo, presentar trimestralmente solo el 300 del IVA
Gracias Pablo
Gracias Pablo
Evidentemente no está hecha la miel para la boca del asno
-
- Usuario experto
- Mensajes: 1680
- Registrado: 09 Oct 2007, 01:24
- Mostrar url de tu tienda en Agroterra: Sí
- Ubicación: VALLADOLID
[QUOTE=PabloMAlcaide][QUOTE=Chispas84]pero te refieres a autonmomo agrario ( agricultor profesional) que te de vuelven el iva?[/QUOTE]
Yo he llevado muchos años así y nunca he tenido que pagar y por poner un caso, si compras un coche para uso familiar, como se considera que la mitad lo usas en tu vida personal y la mitad en tu vida laboral pues metes la mitad del iva. Un tractor que cuesta pongamos 50.000 € y pagas iva del 18 % lleva cargados 7627,12 € de IVA, lo que equivale a que si vendes cebada que cobras el 4 % debes facturar 190678 €, o lo que es lo mismo debes vender 1.466.754 kg de cebada a 13 ctms el kg para recuperar ese IVA.
Así que cuando el gestor os aconseje que lleveis la explotación en módulos, y vendeis mas de 30.000 de cosechas o ganado, buscaros otro gestor.[/QUOTE]
Hola Pablo, tengo claro todo menos lo que te marco en rojo.
Aclarameló porfa..........que no lo entiendo.
Gracias
Yo he llevado muchos años así y nunca he tenido que pagar y por poner un caso, si compras un coche para uso familiar, como se considera que la mitad lo usas en tu vida personal y la mitad en tu vida laboral pues metes la mitad del iva. Un tractor que cuesta pongamos 50.000 € y pagas iva del 18 % lleva cargados 7627,12 € de IVA, lo que equivale a que si vendes cebada que cobras el 4 % debes facturar 190678 €, o lo que es lo mismo debes vender 1.466.754 kg de cebada a 13 ctms el kg para recuperar ese IVA.
Así que cuando el gestor os aconseje que lleveis la explotación en módulos, y vendeis mas de 30.000 de cosechas o ganado, buscaros otro gestor.[/QUOTE]
Hola Pablo, tengo claro todo menos lo que te marco en rojo.
Aclarameló porfa..........que no lo entiendo.
Gracias
Fiesta sin vino no vale un comino.
-
- Usuario experto
- Mensajes: 2272
- Registrado: 06 Sep 2008, 16:56
- Mostrar url de tu tienda en Agroterra: Sí
- Ubicación: Valdepeñas
Es un cálculo que se hizo de forma que a partir de esa cantidad los gastos de gestión que se incrementan por llevar contabilidad y tener que presentar mas impresos son inferiores a los beneficios generados al hacer la declaración en estimación directa.
Resumiendo que si vendes mas de esos 30.000 euros al año te interesa llevar contabilidad y hacer la declaración en estimación directa. Eso en lo que se refiere al IRPF.
En cuanto al IVA, salvo que sean cantidades muy pequeñas y no hagas ninguna inversión, siempre te merece hacer la declaración en estimación directa.
Resumiendo que si vendes mas de esos 30.000 euros al año te interesa llevar contabilidad y hacer la declaración en estimación directa. Eso en lo que se refiere al IRPF.
En cuanto al IVA, salvo que sean cantidades muy pequeñas y no hagas ninguna inversión, siempre te merece hacer la declaración en estimación directa.
LOS PRODUCTOS ESPAÑOLES PRIMERO.
-
- Usuario experto
- Mensajes: 2272
- Registrado: 06 Sep 2008, 16:56
- Mostrar url de tu tienda en Agroterra: Sí
- Ubicación: Valdepeñas
[QUOTE=Ebano58]Entonces eso es nuevo. Antiguamente se declaraba siempre trimestralmente el 130. Debe ser que ha cambiado. Pero yo lo sigo haciendo. Tendré que dejar de declararlo a partir de ahora. Todavía más cómodo, presentar trimestralmente solo el 300 del IVA
Gracias Pablo[/QUOTE]
Esto era hace ocho o nueve años, pues yo tengo la sociedad desde hace cuatro. Desde entonces los detalles no los conozco. De todas formas un dia que te pille bien te acercas a la delegación o administración de hacienda y lo preguntas. Yo he hablado mas de una vez con el administrador de Valdepeñas o con la subdirectora de la administración que es la que lleva las cosas de la agricultura. A la menor duda que te lo aclaren, que para eso están.
Gracias Pablo[/QUOTE]
Esto era hace ocho o nueve años, pues yo tengo la sociedad desde hace cuatro. Desde entonces los detalles no los conozco. De todas formas un dia que te pille bien te acercas a la delegación o administración de hacienda y lo preguntas. Yo he hablado mas de una vez con el administrador de Valdepeñas o con la subdirectora de la administración que es la que lleva las cosas de la agricultura. A la menor duda que te lo aclaren, que para eso están.
LOS PRODUCTOS ESPAÑOLES PRIMERO.
-
- Usuario experto
- Mensajes: 1680
- Registrado: 09 Oct 2007, 01:24
- Mostrar url de tu tienda en Agroterra: Sí
- Ubicación: VALLADOLID
[QUOTE=PabloMAlcaide]Es un cálculo que se hizo de forma que a partir de esa cantidad los gastos de gestión que se incrementan por llevar contabilidad y tener que presentar mas impresos son inferiores a los beneficios generados al hacer la declaración en estimación directa.
Resumiendo que si vendes mas de esos 30.000 euros al año te interesa llevar contabilidad y hacer la declaración en estimación directa. Eso en lo que se refiere al IRPF.
En cuanto al IVA, salvo que sean cantidades muy pequeñas y no hagas ninguna inversión, siempre te merece hacer la declaración en estimación directa.[/QUOTE]
Gracias Pablo, y ahora otra pregunta
¿Se puede estar en declaración de IVA y luego en IRPF estar en Módulos?
Resumiendo que si vendes mas de esos 30.000 euros al año te interesa llevar contabilidad y hacer la declaración en estimación directa. Eso en lo que se refiere al IRPF.
En cuanto al IVA, salvo que sean cantidades muy pequeñas y no hagas ninguna inversión, siempre te merece hacer la declaración en estimación directa.[/QUOTE]
Gracias Pablo, y ahora otra pregunta
¿Se puede estar en declaración de IVA y luego en IRPF estar en Módulos?
Fiesta sin vino no vale un comino.
-
- Usuario dorado
- Mensajes: 10217
- Registrado: 28 Abr 2006, 12:31
- Mostrar url de tu tienda en Agroterra: No
- Ubicación: Los Pedroches-Córdoba
http://www.hoyagro.com/articulo.php?id=2844
Explicación completita de la subida del IVA. Casi todos a estimación directa en 2010.
Explicación completita de la subida del IVA. Casi todos a estimación directa en 2010.
Evidentemente no está hecha la miel para la boca del asno