tractores a 50km legalmente
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Es verdad que modificando la referencia (dimensiones) del neumatico trasero en la centralita (se entiende que metiendo uno mas pequeño) marca menos velocidad y por lo tanto permite más revoluciones?...(al menos los q no tengan radar)Francamente espero que si me paran por ir a 30km/h tengan una bonita foto del radar acompañando y no se basen solo en ojo de buen cubero. Para algo están los recursos. Mientras tanto conducid con sentido comun por vias que comparte otra gente (con familia....). Para hacer suicidismo estan bien los rastrojos...
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Sabia yo Franc1 que habias mirado algo por ahi... je je, con todos estos reglamentos hay que tener un poco de cuidado porque no todos estan vigentes o algunos de ellos a lo largo del tiempo son modificados por otros. Y bueno pues ahi que leer un poco entre lineas y las comas para poder aclarar un poco lo que dice."maquinaria agrícola y demás vehículos especiales o de transportes
especiales de utilizar la señal luminosa a que se refiere el artículo
173 o, en su defecto, el alumbrado a que alude el número 1 del artículo
113, ambos del mismo Reglamento,"La señal luminosa referida es el rotativo que utilizamos en nuestras maquinas, obligatorio para circular por las vias publicas, eso no quiere decir que en su reglamento de vehiculos se obligatorio que una maquina si no cumple las condiciones haya de llevarlo instalado, por otra parte, depues el parrafo menciona la excepcion, diciendo que en su defecto, es decir, si se carece de rotativo para suplir esta carencia en la circulacion, se puede sustituir por la luces de cruce. (Si alguna vez no estais seguros de si el rotativo no os funciona, os aconsejo que cada vez que salgais a la via publica ademas del rotativo, conecteis las luces de cruce, esto ayuda a que seamos visibles ante los demas conductores, pero tambien nos exime de la multa en caso de que el rotativo se haya estropeado, o la luz se haya fundico o bien, el conector se mueva y no funcione el rotativo.Ojo, siempre que no se superen los 40 km/h, porque para los vehiculos que superan esta velocidad no es de uso obligatoria en las vias publicas. Aunque sea aconsejable, siempre, por seguridad eso si.Mas adelante en el parrafo 3 especifica el uso del rotativo, como elemento supletorio adicional. Es decir, que no es obligatorio la instalacion en el tractor agricola, solo tractor agricola, por eso despues dice que en el resto de maquinaria agricola, o especial se instala como elemento adicional o constructivo."3. Los tractores agrícolas que tengan una velocidad máxima inferior a
30 kilómetros por hora llevarán instalado el citado dispositivo
luminoso como elemento supletorio adicional, mientras que en los demás
vehículos especiales o transportes especiales se podrá instalar como
elemento supletorio adicional o como elemento constructivo.""Como alumbrado alternativo al previsto en el apartado primero, y que
deberán utilizar los conductores de los citados vehículos en defecto de
dicha señalización luminosa, se establece el alumbrado de corto alcance
o de cruce."Entre otras curiosidades que no menciona es la posicion del rotativo que no especifica exactamente donde ubicarlo, pues esta ubicacion en los tractores con cabina cerrada es la parte trasera izquierda del vehiculo.Por que, "los verdes" cuando nos paran no nos dicen nada por el "pirulo" colocado en la parte delantera, o por llevar mas de uno en el tractor, pues porque esto es competencia de Industria, y trafico no se metera nunca en estas cosas, de si el equipo es homologado, si esta bien ubicado etc, todo eso corresponde a Industria, u Organos competentes en su caso, en este caso concreto, pertenece a la ITV. Ellos dan la validez.Bueno Franc1 si tienes alguna duda mas... pues ya sabes, espero que haya quedado claro.Consejo: sea o no sea obligatorio, siempre rotativo, incluso mas de uno, por nuestra seguridad y siempre acompañado de luces de cruce en las carreteras.Pd: porque nuestros turismos no vienen limitados si en España la velocidad maxima en una via de alta velocidad es 120 km/h, porque en los tractores, nos tienen que limitar la velocidad a 40 km/h, entendeis la discriminacion?
especiales de utilizar la señal luminosa a que se refiere el artículo
173 o, en su defecto, el alumbrado a que alude el número 1 del artículo
113, ambos del mismo Reglamento,"La señal luminosa referida es el rotativo que utilizamos en nuestras maquinas, obligatorio para circular por las vias publicas, eso no quiere decir que en su reglamento de vehiculos se obligatorio que una maquina si no cumple las condiciones haya de llevarlo instalado, por otra parte, depues el parrafo menciona la excepcion, diciendo que en su defecto, es decir, si se carece de rotativo para suplir esta carencia en la circulacion, se puede sustituir por la luces de cruce. (Si alguna vez no estais seguros de si el rotativo no os funciona, os aconsejo que cada vez que salgais a la via publica ademas del rotativo, conecteis las luces de cruce, esto ayuda a que seamos visibles ante los demas conductores, pero tambien nos exime de la multa en caso de que el rotativo se haya estropeado, o la luz se haya fundico o bien, el conector se mueva y no funcione el rotativo.Ojo, siempre que no se superen los 40 km/h, porque para los vehiculos que superan esta velocidad no es de uso obligatoria en las vias publicas. Aunque sea aconsejable, siempre, por seguridad eso si.Mas adelante en el parrafo 3 especifica el uso del rotativo, como elemento supletorio adicional. Es decir, que no es obligatorio la instalacion en el tractor agricola, solo tractor agricola, por eso despues dice que en el resto de maquinaria agricola, o especial se instala como elemento adicional o constructivo."3. Los tractores agrícolas que tengan una velocidad máxima inferior a
30 kilómetros por hora llevarán instalado el citado dispositivo
luminoso como elemento supletorio adicional, mientras que en los demás
vehículos especiales o transportes especiales se podrá instalar como
elemento supletorio adicional o como elemento constructivo.""Como alumbrado alternativo al previsto en el apartado primero, y que
deberán utilizar los conductores de los citados vehículos en defecto de
dicha señalización luminosa, se establece el alumbrado de corto alcance
o de cruce."Entre otras curiosidades que no menciona es la posicion del rotativo que no especifica exactamente donde ubicarlo, pues esta ubicacion en los tractores con cabina cerrada es la parte trasera izquierda del vehiculo.Por que, "los verdes" cuando nos paran no nos dicen nada por el "pirulo" colocado en la parte delantera, o por llevar mas de uno en el tractor, pues porque esto es competencia de Industria, y trafico no se metera nunca en estas cosas, de si el equipo es homologado, si esta bien ubicado etc, todo eso corresponde a Industria, u Organos competentes en su caso, en este caso concreto, pertenece a la ITV. Ellos dan la validez.Bueno Franc1 si tienes alguna duda mas... pues ya sabes, espero que haya quedado claro.Consejo: sea o no sea obligatorio, siempre rotativo, incluso mas de uno, por nuestra seguridad y siempre acompañado de luces de cruce en las carreteras.Pd: porque nuestros turismos no vienen limitados si en España la velocidad maxima en una via de alta velocidad es 120 km/h, porque en los tractores, nos tienen que limitar la velocidad a 40 km/h, entendeis la discriminacion?
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Si no supera los 30Km/h , no es obligatorio que salga de fabrica y se podrá intalar como elemento supletorio , no dice en ningun sitio que se pueda sustituir por las luces de cruce. El texto empieza diciendo "la ley tal hace exigible....... la señal luminosa del articulo 173 y en su defecto el articulo 113"Segun entiendo , en la normativa siempre dice que hay que llevar la iluminacion adicional y no se donde (no lo encuento los articulos 173 y 113 ) , en caso de averia del rotativo se puede sustituir por las luces de averia ( la que ponemos todos para aparcar malamente 4 intermitentes , je je)Otra cosa , los tractores que no superen los 30Km/h , no necesitan freno en la ruedas delanteras. Por eso ,teoricamente los simple traccion tiene que estar limitados a 30km/h. Los de doble taccion al frenar se conecta la delantera y frenan las cuatro , por eso pueden ir a 40 km/h . Bueno hay algunos que llevan freno independiente en las ruedas delanteras , como Fendt .Saludos.
Franc12008-11-12 13:37:56
No se por que estais tan interesados en que los tractores en carretera desarrollen mas o menos velocidad.
Lo importante es que en las tareas de labranza se comporte apropiadamente.
Los tracatores, normalmente no disponen de suspensión y frenos apropiados para altas velocidades.
Un remolque cargado con 7 u 8 toneladas no esfacild parar.
Si quereis corres por esos caminos de Dios, compraros un todo terrano guapo, "en verano sin capota y a gozar"
Un saludito
Lo importante es que en las tareas de labranza se comporte apropiadamente.
Los tracatores, normalmente no disponen de suspensión y frenos apropiados para altas velocidades.
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Hombre, no creo que nadie compre un tractor para correr por autopista! jeje. Lo que pasa es que hay mucha jente que utiliza el tractor para transporte, y aunque no se utilice siempre para esto, cuando se utiliza interesa que el tractor coja cierta velocidad para no dormirte por el camino, y aunque no vallan a la velocidad maxima cuando van cargados, si pueden ir en vacio.
Por ejemplo, donde yo vivo (Lugo) hay un contratista que, entre otros, tiene un New Holland G210 y lo utiliza para transportar el purin de una granja con una cisterna de 16000 litros para una finca que queda bastante lejos y casi todo por carretera.
Lo curioso es que tambien tienen un Fendt 924 de los nuevos y no lo utilizan para esto, porque este tractor si se "deslimita" es ideal para este trabajo, aunque por mi zona no se si los deslimitan...
Por ejemplo, donde yo vivo (Lugo) hay un contratista que, entre otros, tiene un New Holland G210 y lo utiliza para transportar el purin de una granja con una cisterna de 16000 litros para una finca que queda bastante lejos y casi todo por carretera.
Lo curioso es que tambien tienen un Fendt 924 de los nuevos y no lo utilizan para esto, porque este tractor si se "deslimita" es ideal para este trabajo, aunque por mi zona no se si los deslimitan...
- Acyl
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Bueno, no sé si el título del tema se refería a que cuando podremos tener el límite de 50 de manera legal y general. Opino que con el actual jefe de la DGT que incluso piensa bajar algunos límites de velocidad en coches en algunas carreteras, y teniendo a Francia como vecino colindante también a 40, creo que va pa largo. Sólo lo veo factible si empezáramos a hacer presión a nivel de organizaciones agrarias para que pusieran al ministerio de ejemplo a Alemania o Inglaterra... pero claro, para eso debe de existir un interés real y duradero... o enfocarlo como que hay que unificar las normativas europeas... y que la tescnología de hoy no es la de cuando se puso el límite a 40...ese es un buen argumento. Si se hicieran las negociaciones adecuadas, se podría conseguir en unos añitos algún tipo de norma intermedia como que se permitieran los 50kmh para aquellos tractores de menos de 10 años de fabricación que cuenten con algún tipo de suspensión y frenos en las 4 ruedas...y en esos casos, permitir que llevaran remolque hasta 40 km/h si el remolque llevara freno hidráulico o de aire... algo así...
También se podría intentar que se hiciera igual que con los coches: qeu aunque haya unos límites legales, por construcción pueden correr lo que quieran mientras no lo hagan fuera del circuito Es decir, mantener el límite legal a 40, aunque corrieran a 80...
Pero hoy por hoy, creo que no hay interés suficiente, o al menos yo no he oido nada en ningún sindicato... Acyl2008-11-13 20:54:35
También se podría intentar que se hiciera igual que con los coches: qeu aunque haya unos límites legales, por construcción pueden correr lo que quieran mientras no lo hagan fuera del circuito Es decir, mantener el límite legal a 40, aunque corrieran a 80...
Pero hoy por hoy, creo que no hay interés suficiente, o al menos yo no he oido nada en ningún sindicato... Acyl2008-11-13 20:54:35
Centro de Castilla y Leon, epicentro de la Galaxia.
La cuestion es que el mio da 40 y de fabrica venia sin el, ya paso varias ITV, pero para este año avisaron que tenia que montar el farolillo porque se hacia obligatorio.
Pero como ya llevan varias cafradas de mandar montar luces en aperos que no las incorporan y que despues de mucho dar vueltas resulto que no era obligatorio, pues por eso.
Pero como ya llevan varias cafradas de mandar montar luces en aperos que no las incorporan y que despues de mucho dar vueltas resulto que no era obligatorio, pues por eso.
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[QUOTE=Lolo1111]No se por que estais tan interesados en que los tractores en carretera desarrollen mas o menos velocidad.
Lo importante es que en las tareas de labranza se comporte apropiadamente.
Los tracatores, normalmente no disponen de suspensión y frenos apropiados para altas velocidades.
Un remolque cargado con 7 u 8 toneladas no esfacild parar.
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Un saluditoSi tu usas el tractor solo para tareas de campo , y no haces desplazamientos ni para eso , lo encuentro logico lo que dices . Pero piensa que no todo se termina en tu casa , mas del 50% de mi trabajo es transporte ayer y hoy mismo he estado llevando maiz al secadero a 35 km. pues ese recorrido incluyendo descarga una hora , voy a kilos y si voy rapido puedo transportar mas viages al dia o como minimo impido que la maquina pare y le pida mas tractores al dueño del maiz.Para trabajar tierra , tengo clientes con campos a 25 km de mi base , no es lo mismo ir con el jd o ir con el fendt .Con esto no te digo que se tenga que ir como un loco por la carretera , sino , que hay que hacer faena pero pensando en lo que llevas.Saludos.
No soy partidario de que los tractores vuelen, aunque si estan capacitados para hacerlo, (frenos, suspension...) porque no pueden?? Dispongo de un fendt 712 y una merlo multifarmer en la zona de jaen, ambos limitados, el fendt me da un poco igual porque esta limitado a 53 y creo que es una velocidad bastante razonable para un tractor, pero la manipuladora, esta limitada a unos 40 y el problema que el sistema que tiene para limitarla no se como funcianara pero cuando ronda los 40kmh se pone a mecerse, y o aflojas o te pegas con la cabeza en el techo. Un vecino la tiene sin limitar y corre a sesenta, ya no es lo que corra es que te desarma dentro de la cabina. Si alguien sabe komo deslimitarlos por esta zona que me avise. gracias
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El problema es facil de resolver , se corre donde vas seguro igual que con el coche , o vas con el coche a 80 por un pueblo , no claro . Pero si que vas a 140 por la autopista y solo se puede ir a 120 .Hay que ir deprisa donde y cuando se puede controlar la herramienta , es muy diferente ir a 50 con el remolque con 20T o ir con el remolque vacio . Los trabajos se pueden hacer de muchas maneras , y siempre hay que buscar la mas efectiva sin bajar la seguridad.Saludos
Este va a mas de 50 km/hora:
https://www.youtube.com/watch?v=3lmE17D ... re=related
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