Hola a todos.
Soy nuevo en el foro;y estoy perdido,necesito ayuda.
Tengo unos derechos Pac,y quiero cederselos a un conocido (sin cobrarle nada por ellos).
Lo que ocurre es que no se si es obligatorio declarar una cantidad minima (de dinero,en concepto de ingresos) de cara a hacienda;como ocurre cuando se vende un terreno (que esta tasado en una cantidad minima,y hay que declararla como ingresos).
¿Cuando se venden derechos como se hace?;¿se declara una cantidad minima de dinero (en concepto de ingresos,y de cara a hacienda)?
Gracias por la ayuda,y salu2.
Ayuda,por favor.
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- Usuario experto
- Mensajes: 3014
- Registrado: 13 Mar 2005, 18:56
- Mostrar url de tu tienda en Agroterra: Sí
- Ubicación: Burgos
Creo que la cesión ya no se contempla, ahora es venta, la cobres cara, barata, o regalada, y a hacienda yo creo que se le debe declarar la verdad, no?
Tanto si es nada como si es 600 napos... ya sé que te quedas como estabas, pero ya vendrá Trinky, y te pondrá al corriente... es para que no te sientas abandonado/a
Tanto si es nada como si es 600 napos... ya sé que te quedas como estabas, pero ya vendrá Trinky, y te pondrá al corriente... es para que no te sientas abandonado/a
Saludos