Res10 escribió:Hola,buenas tardes:
¿Alguien puede resolver la consulta de "lopez1053" y la mía?:
¿Esa reducción del 60% sobre 4.500 euros se aplica en 2015 o en años sucesivos hasta llegar a 2019?.
¿Si ese derecho de 4.500 euros y su hectárea están
en una comarca donde el valor de cada derecho/hectárea es de 120 euros cómo queda ese derecho de 4.500 euros?.
Un saludo.
lopez1053 escribió:Buenas noches, estoy buscando respuesta para la siguiente pregunta: Si compro un derecho sin tierra valorado en 4500 euros y lo asocio a 20 hAs de tierra decelaradas en 2013 y actualmente sin derechos, cómo quedaría la situación?. Este derecho que me quieren transferir pertenece a un Señor que lo viene cobrando por haber tenido ganado pero actualmente ese derecho solo tiene asociado una Ha. de tierra.
También he pensado cederle a este Sñor las 20 Has de tierra que actualmente no tienen derechos y se declararon en 2013 porque parece ser que si no le asignan Has a ese derecho en el 2015 se le queda reducido en un 60%.
A ver si alguien puede poner un poquito de luz a tanta incertidumbre. Gracias.
Cederle las 20 Has a quien tiene 1Ha declarada en 2013 con un derecho especial no debería servirle de nada si no las declaró en 2013, salvo que fueran Has con derechos,en cuyo caso sumaría el valor de esos derechos al especial y la mochila resultante la dividiría entre 21 Has.
Lo más rentable parece transferirlo a alguien con el arrendamiento de esa Ha por 5 años o más y el adquiriente lo declara en 2014 y 2015 y no se pierde el 30% pienso yo en la transferencia, al ser derechos con tierra. Es cuestión de ponerse de acuerdo en el precio del contrato y de la transferencia, y que el adquiriente tiene muchas Has y/o maneja además muchas Has sin derechos mejor, para que no le afecte demasiado al alza a su DPBase final en 2015.
Me da por los números que os leo, que sucede lo siguiente:
Ese derecho si lo transfiere sin tierra, al parecer tiene un peaje del 30% de descuento al transferirlo. A partir de ahí según las últimas versiones, quien lo adquiere lo mete en su mochila de Has para declarar en 2015. Dependiendo del valor final de los derechos del adquiriente, respecto al valor regional donde sea encuadrada la comarca donde haya activado todos sus derechos o mochila, el valor del derecho individual resultante de pago base convergerá hacia ese valor con un descuento máximo del -30% sobre el valor inicial de cada derecho de pago base.
Si se asocia a 20 Has sin DPUs declaradas en 2013, serían 4500x70% = 3150€/20Has = 157,5€/Ha x 0,86 = 135,45€/Ha aproximadamente(20 DPBs).
135,45x20 = 2701€ que es justamente el 60% del valor inicial, en 2015 antes de aplicar el primer tramo de convergencia que es 1/5 de la diferencia entre el valor que hemos calculado del DPB y el 90% del valor regional. Y eso será lo que cobre en 2015.
En ese caso no creo que pierdan mucho por convergencia, y dependerá del valor regional donde vaya encuadrado. Puede hasta ganar algo.