HOLA
ME GUSTARIA SABER CUALES SON LAS EQUIVALENCIAS DE LOS DERECHOS DE PLANCION AL CAMBIARLOS DE COMUNIDAD
GRACIAS
DERECHOS DE PLANTACION EQUIVALENCIAQS
Si hacemos caso al BOE:http://boe.es/boe/dias/2008/07/19/pdfs/ ... 679.pdf,en la página 4, parece que la superficie debe ser ajustada en función de los rendimientos que vienen en las páginas 12 y 13. Aunque también el Ministerio publica otros rendimientos, p. ej. aquí:https://www.mapa.es/estadistica/pags/an ... _10.pdfque parecen más adecuados, al distinguir entre regadío y secano.
Los rendimientos que se consideran son lo que indica Javid en su primer enlace. Y estos habría que aplicarlos no solo entre cambios de CCAA sino también entre provincias de la misma Comunidad con rendimientos diferentes.El Artículo 6.3 de ese mismo Real Decreto (RD 1244/2008) también dice "... .Si el rendimiento de la parcela a plantar superase en más del 5% el rendimiento de la parcela arrancar, se efectuará el ajuste correspondiente"Es decir que hay un 5% de tolerancia