Nuevo Sigpac 2015

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katrall
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Re: Nuevo Sigpac 2015

Mensaje por katrall »

Supongo k en aragon ira por zonas, por k la mia esta el % al 100% temporalmente todas las parcelas.

Haber alguno de aragon k le pase lo mismo y me cuente. porfa...esto es un sinvivir.
Oretana
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Re: Nuevo Sigpac 2015

Mensaje por Oretana »

Modificación del Sigpac = CHAPUZON
Una vez mas lo que tocan lo joden.
Pasando el puntero del raton por el sigpac, una vez habiendo seleccionado la opción de recintos, se observa claramente parcelas con identica masa forestal en unos caso la consideran Forestal en otros Pasto.
Mi vencino misma sierra, mismo monte PA, yo FO.
Yo no tengo gadado pero arrendaba los pastos todos los años.
Pregunta: ¿a j-o-d-e-r-s-e o a reclamar?
Ebano58
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Re: Nuevo Sigpac 2015

Mensaje por Ebano58 »

Oretana escribió:Modificación del Sigpac = CHAPUZON
Una vez mas lo que tocan lo joden.
Pasando el puntero del raton por el sigpac, una vez habiendo seleccionado la opción de recintos, se observa claramente parcelas con identica masa forestal en unos caso la consideran Forestal en otros Pasto.
Mi vencino misma sierra, mismo monte PA, yo FO.
Yo no tengo gadado pero arrendaba los pastos todos los años.
Pregunta: ¿a j-o-d-e-r-s-e o a reclamar?
No es por desanimarte, porque no te queda otra que utilizar tus armas para reclamar, pero me temo que como alegues discriminación con la parcela del vecino, antes lo convertirán a él en FO que a tí en PA, salvo que tu vecino sea El duque de Alburquerque, que es el primero que me viene a la cabeza, y a lo mejor no es ese precisamente. Eso es lo mejor que te podía pasar. Lo que si te recomiendo, es que si no te reconocen el cambio a PA una vez solicitado, es que hagas un recurso de alzada en los 30 días siguientes a la desestimación y después un contencioso contra la Administración a partir de los 3 meses de silencio sobre la alzada, ó 2 si te vuelven a desestimar en alzada, y/o además de recurso de reposición en 1 mes. Porque los procedimientos contenciosos una vez se inician con buenos argumentos, hay que terminarlos para no decaer en tu derecho. Y búscate para eso un abogado que entienda del asunto. Y limpia pronto las parcelas esas a fondo, aunque tengas que meter una legión de cabras allí, aunque esto último tal vez no sea necesario en tu caso.
Evidentemente no está hecha la miel para la boca del asno
Oretana
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Re: Nuevo Sigpac 2015

Mensaje por Oretana »

Gracias Ebano, en anteriores alegaciones al sigpac por otros motivos no hay contestación alguna simplemete no me hicieron caso, silencio administrativo, no te dan la posibilad de recurso de ningún tipo.
Esto no es un hecho puntual de mi parcela, la falta de criterio se extiende a toda la comarca.
Ebano58
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Re: Nuevo Sigpac 2015

Mensaje por Ebano58 »

si hay silencio, a los 3 meses de la reclamación, presenta recurso de alzada por silencio. Y si ya hiciste cualquier reclamación previa hace mas de 3 meses, y no te contestaron, presenta recurso de alzada ya porque no prescribe. La alzada es al organo superior. Si lo hiciste a deleg. Prov, o direccion prov, la alzada al Consejero, acompañando copia de la reclamación previa o recurso inicial o alegaciones, que es lo mismo. A los 3 meses de la alzada sin respuesta, Demanda contencioso administrativa ante el decanato de tu capital de provincia, y le llegará por turno de reparto a alguno de los juzgados de lo contencioso de tu provincia. Cuando lo admitan en el juzgado se lo comunicaran a tu abogado, que se supone es quién encabezará la demanda en representación tuya.
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3141592
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Re: Nuevo Sigpac 2015

Mensaje por 3141592 »

joer Ebano qué control, jejeje normalmente al desestimarte recursos en materia de ayudas te remiten el Tribunal Superior de Justicia, en cuyo caso quien tiene que encabezar la demanda es el procurador al ser preceptivo. Si no fuera competetne el TSJ tranqui que se inhibiran al juzgado de lo contencioso y ahí no hace falta procurata.
"En una época de engaño universal, decir la verdad es un acto revolucionario" George Orwell
porche
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Re: Nuevo Sigpac 2015

Mensaje por porche »

al nuevo sigpac 2015 le han incorporado un nuevo recuadro que le llaman informacion de region clasificando las nuevas regiones con tres numeritos que la identifican, 601-901 etc, ademas un recuadro que dice si se ha solicitado esta parcela en el 2013 ó no, alguien sabe si una parcela que no se ha solicitado antes se puede solicitar ahora.
era una averia tan grande que no se pudo arreglar ni con alambres.
Ebano58
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Re: Nuevo Sigpac 2015

Mensaje por Ebano58 »

Yo creo que como mucho se puede solicitar una superficie en vez de otra dentro de lamisma región, justificando los motivos, pero no que sumen en total en 2015 mas Has de la superficie total declarada en 2013
Evidentemente no está hecha la miel para la boca del asno
agricultor2980
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Re: Nuevo Sigpac 2015

Mensaje por agricultor2980 »

Yo creo , que ... ,. lo lógico es que...., seguro que..., apostaría a que....., llevan mucho tiempo que.....

Para preguntas en vuestra oficina agraria
Para leer lo que queréis que os digan yo mismo valgo, pero ojito , con las cosas de comer no se juega, no y no.

Se acabaron las suposiciones y conjeturas, llegó la hora de la verdad y torero que duda cornada segura.
Ebano58
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Re: Nuevo Sigpac 2015

Mensaje por Ebano58 »

Los peores ciegos son los que demuestran que no saben de nada y además no quieren aprender.
Yo no le he dicho lo que quiere oir, porque el tal vez pretende declarar mas Has en 2015 que en 2013 y eso no es nada sencillo como norma general.
Por supuesto que debe preguntar en su OCA o en su banco. Hay muchas excepciones y yo no conozco su caso concreto. Pero yo también puedo dar mi opinión porque leo y entiendo mas o menos lo que leo. Y como leo y entiendo, puedo escribr con cierto criterio. Y opino aquí libremente. Pero puedo equivocarme, o no equivocarme, pero quien aplica la ley, puede aplicarla con otro criterio diferente del mío. Para eso está después la Justicia.

En este mundo traidor, nada es verdad ni es mentira. Todo es según el color del cristal a través del que se mira.
Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de
2015 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes
de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los
pagos al desarrollo rural.
Artículo 15. Parcelas agrícolas a disposición del agricultor.
Las parcelas agrícolas de hectáreas admisibles utilizadas para justificar derechos de ayuda deberán estar a disposición del agricultor, bien en régimen de propiedad, usufructo, arrendamiento, aparcería o asignación por parte de una autoridad pública gestora de un bien comunal, el día 31 de mayo del año en que se solicita la ayuda.
(En ningún sitio dice que sean las mismas Has y en el mismo lugar que las declaradas en 2013. Entiendo que pueden ser esas u otras siempre que sea la misma superficie artitméticamente)

Real Decreto 1076/2014, de 19 de diciembre, sobre asignación de derechos de régimen de pago básico de la Política Agrícola Común.
Artículo 12. Número de derechos de pago básico a asignar.
1. Los derechos de pago básico se expresarán en una cifra que corresponda a un
número de htáreas admisibles determinadas. Por ello, el número de derechos de pago asignados será igual al número de hectáreas admisibles determinadas que declare el agricultor en su solicitud de ayuda 2015 o al número de hectáreas admisibles determinadas que haya declarado conforme al artículo 34.2 del Reglamento (CE) n.º 73/2009 del Consejo, de 30 de noviembre de 2009, en 2013 en su solicitud de ayudas si esta cifra fuera menor, en aplicación de la limitación individual de superficies establecida en el artículo 24.4 del Reglamento (UE) n.º 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013.
2. En el caso que hubiera que aplicar una limitación individual a las superficies
declaradas en 2015, se aplicará un porcentaje de reducción sobre toda la superficie admisible determinada declarada en 2015. Este porcentaje se calculará como el cociente entre el número de hectáreas admisibles determinadas conforme al artículo 34.2 del cve: BOE-A-2014-13257
Última edición por Ebano58 el 13 Mar 2015, 12:51, editado 1 vez en total.
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porche
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Re: Nuevo Sigpac 2015

Mensaje por porche »

en ningun caso quiero poner mas hectareas que en 2013 ni por supuesto mas hectareas de las que realmente cultivo, simplemente que el año pasado cultive una pequeña parcela de un vecino que se ha jubilado y que no la declaraba. como el año pasado no venia reflegado en el sigpac la informacion sobre regiones pues no sabia que nunca se habia declarado, mi pregunta iba relacionada si sabiais o habiais leido algo sobre si era como siempre qie todas las tierras son admisibles o habian puesto algun tipo de limitacion. gracias ebano y por cierto cultivo una parcela de 2,9 hectareas que esta como pastos y admisiblidad 100% pero nada mas que tengo dos gatos, por lo que os he leido no podre declararla este año al no tener ganado?.
era una averia tan grande que no se pudo arreglar ni con alambres.
porche
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Re: Nuevo Sigpac 2015

Mensaje por porche »

una duda el barbecho que se deje para cumplir SIE hay que sembrarlo de cereal al año siguiente? como dice que hay que ponerlo de algun cultivo que necesite nitrogeno.gracias.
era una averia tan grande que no se pudo arreglar ni con alambres.
katrall
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Re: Nuevo Sigpac 2015

Mensaje por katrall »

Asi es no puedes declarar dos años seguidos la misma parcela de barbecho.
Tiene k haber rotacion.
Siar2011
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Re: Nuevo Sigpac 2015

Mensaje por Siar2011 »

porche escribió:una duda el barbecho que se deje para cumplir SIE hay que sembrarlo de cereal al año siguiente? como dice que hay que ponerlo de algun cultivo que necesite nitrogeno.gracias.
Yo entiendo que el barbecho dejado como cultivo superficie de interés puede dejarse el año siguiente de lo que quiera, incluso de barbecho.

Lo único es que la superficie de cultivo fijador de N computada como SIE sí debe sembrarse de un cereal principalmente no puede ponerse en 2016 como barbecho o como cltivo fijador de N.

En un recinto se puede declarar barbecho todos los años que se quiera a no ser que sea Zona con elevado riesgo de erosión (esto es por condicionalidad) aparte de otra norma que se incluya en alguna ayuda agroambiental de los PDR regionales.

Ojo lo suyo es rotar con otro cultivo pero quitando las excepciones que he puesto se pueden declarar dos años consecutivos de barbecho.

Cuando se declaren 3 campañas seguidas de barbecho será seleccionadas para control de campor por si acaso es una superficie abandonada.
porche
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Re: Nuevo Sigpac 2015

Mensaje por porche »

asi es siar 2011, he hablado este mediodia con el que hace la pac en el banco donde trabajo y me ha dicho exactamente lo que tu, enhorabuena, gracias.
era una averia tan grande que no se pudo arreglar ni con alambres.
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