Duración contrato de aparcería
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31. Duración.
La duración del contrato será la libremente pactada y, en defecto de pacto, se estimará que es la de un año agrícola, entendiéndose prorrogado por un período de un año, en los mismos términos que los señalados para el arrendamiento en el artículo 12. En los contratos de duración anual o inferior, la notificación previa de finalización del contrato se efectuará, al menos, con seis meses de antelación.
Si se hubiera convenido la aparcería para la realización de un cultivo determinado, con la excepción de los leñosos permanentes, y siempre que dicho cultivo tenga una duración superior a un año, el plazo mínimo de duración será el tiempo necesario para completar una rotación o ciclo de cultivo.
A la finalización del contrato de aparecería, si el titular de la finca pretende realizar un contrato de arrendamiento, el aparcero tendrá derecho preferente, en igualdad de condiciones, a suscribir el nuevo contrato de arrendamiento. Asimismo tendrá derecho a las prórrogas que en esta Ley se establecen, deduciendo de las mismas el tiempo que hubiera durado la aparcería.
La duración del contrato será la libremente pactada y, en defecto de pacto, se estimará que es la de un año agrícola, entendiéndose prorrogado por un período de un año, en los mismos términos que los señalados para el arrendamiento en el artículo 12. En los contratos de duración anual o inferior, la notificación previa de finalización del contrato se efectuará, al menos, con seis meses de antelación.
Si se hubiera convenido la aparcería para la realización de un cultivo determinado, con la excepción de los leñosos permanentes, y siempre que dicho cultivo tenga una duración superior a un año, el plazo mínimo de duración será el tiempo necesario para completar una rotación o ciclo de cultivo.
A la finalización del contrato de aparecería, si el titular de la finca pretende realizar un contrato de arrendamiento, el aparcero tendrá derecho preferente, en igualdad de condiciones, a suscribir el nuevo contrato de arrendamiento. Asimismo tendrá derecho a las prórrogas que en esta Ley se establecen, deduciendo de las mismas el tiempo que hubiera durado la aparcería.
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Re: Duración contrato de aparcería
hola queria saber unas cuantas normas ycosas sobre el tema de aparcero y del campo.
me he quedado parado y como no estoy hacendo na pues e pensado de dedicarme a cojer alguna finca llevarla y demas.en principio he mirado de cojer la aceituna a varias personas y han hablado de cojer a tres partes una o nose como que dice que la dueña se queda una y yo dos como es eso
me he quedado parado y como no estoy hacendo na pues e pensado de dedicarme a cojer alguna finca llevarla y demas.en principio he mirado de cojer la aceituna a varias personas y han hablado de cojer a tres partes una o nose como que dice que la dueña se queda una y yo dos como es eso
Re: Duración contrato de aparcería
Preguntale a ella
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- Mostrar url de tu tienda en Agroterra: No
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Re: Duración contrato de aparcería
Eso es tercería, una parte para la dueña y dos para ti, eso si tu corres con todos los gastos.
Defiendo a quien me defiende.