PAGOS PAC
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- Usuario dorado
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El cobro de la PAC a tiempo puede conseguir que si los cereales por fin suben, no se lleven el gran beneficio los intermediarios. Hace más falta hoy que nunca, la cartera de los agricultores llena de billetes para aguantar la que está cayendo. Ya escampará.
Evidentemente no está hecha la miel para la boca del asno
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http://www.jccm.es/agricul/paginas/agri ... os.htmEsta es la página de C. la Mancha y sus perceptores, y así será en todas;de una manera u otra, esto se publica. A mí me dá igual, incluso mejor que se pueda ver, pero en todos los sectores, en el político sería imprescindibley por real decreto.
Tras una nueva consulta, me dicen que los 310 se revisarán a finales de diciembre - principios de Enero y que el pago se producirá a partir del 15 de Enero.Saludos.-
No por mucho madrugar amanece más temprano. No por mucho madrugar amanece más temprano. No por mucho madrugar amanece más temprano. No por mucho madrugar amanece más temprano. No por mucho madrugar..
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[QUOTE=Aft]que putada, bueno mas vale tarde que nunca lo que pasa con esto es que el año que viene me junto con dos,saludo [/QUOTE]
Eso no es ningún problema, si en RENTA 2008 pones el PAC 2008, aunque lo cobres entre enero y junio de 2009. Incluso puedes hacer una complementaria a la de 2008, si lo cobraras después de junio 2008.
Es como debe hacerse la Renta, y de ese modo, no se te acumularán en el IRPF de 2009.Ebano582008-12-22 12:47:28
Eso no es ningún problema, si en RENTA 2008 pones el PAC 2008, aunque lo cobres entre enero y junio de 2009. Incluso puedes hacer una complementaria a la de 2008, si lo cobraras después de junio 2008.
Es como debe hacerse la Renta, y de ese modo, no se te acumularán en el IRPF de 2009.Ebano582008-12-22 12:47:28
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[QUOTE=Aft]
¿pero eso es legal, o es un por si cuela ? [/QUOTE]
Es perfectamente legal. Lo que es ilegal, y se te cae el pelo es si declaras la de 2008 en 2009 y la de 2009 cobrándola en 2009, la declaras en 2010. Además, arrastrarás el problema indefinidamente.
¿pero eso es legal, o es un por si cuela ? [/QUOTE]
Es perfectamente legal. Lo que es ilegal, y se te cae el pelo es si declaras la de 2008 en 2009 y la de 2009 cobrándola en 2009, la declaras en 2010. Además, arrastrarás el problema indefinidamente.
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El trigo no. Venderlo o no, es una decisión tuya en cada momento. Si la factura es de 2009, tendrás que declararlo en 2009. En ese caso, intenta meter más gastos en 2009, adelantando el pago de los abonos de la próxima campaña, del herbicida, comprando gasoil si tienes depósito suficiente, o si tienes a la vista una reparación importante de naves o maquinaria, etc, etc, etc, etc. Ya me entiendes...
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Una pequeña salvedad al tema fiscal:
Sería posible, en efecto, incluir en el IRPF de 2008 el PAC que se cobre en el año 2009 y que corresponda al presente ejercicio.
Incluso sería posible incluir de la misma forma las existencias finales de productos (cebada, trigo, etc)
Ahora bién. En primer lugar hay que optar en los sistemas de cobro entre
"Caja o Devengo", hay una casilla en el IRPF a tal efecto para los supuestos de modulos y E.D.
De todas formas mi consejo particular es que el que tenga éste problema acuda a la Delegación de Hacienda a plantearlo o mejor aún que lo consulte con un profesional que tenga conocimientos suficientes.
Sería posible, en efecto, incluir en el IRPF de 2008 el PAC que se cobre en el año 2009 y que corresponda al presente ejercicio.
Incluso sería posible incluir de la misma forma las existencias finales de productos (cebada, trigo, etc)
Ahora bién. En primer lugar hay que optar en los sistemas de cobro entre
"Caja o Devengo", hay una casilla en el IRPF a tal efecto para los supuestos de modulos y E.D.
De todas formas mi consejo particular es que el que tenga éste problema acuda a la Delegación de Hacienda a plantearlo o mejor aún que lo consulte con un profesional que tenga conocimientos suficientes.
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[QUOTE=Dioptrias_25]Una pequeña salvedad al tema fiscal:
Sería posible, en efecto, incluir en el IRPF de 2008 el PAC que se cobre en el año 2009 y que corresponda al presente ejercicio.
Incluso sería posible incluir de la misma forma las existencias finales de productos (cebada, trigo, etc)
Ahora bién. En primer lugar hay que optar en los sistemas de cobro entre
"Caja o Devengo", hay una casilla en el IRPF a tal efecto para los supuestos de modulos y E.D.
De todas formas mi consejo particular es que el que tenga éste problema acuda a la Delegación de Hacienda a plantearlo o mejor aún que lo consulte con un profesional que tenga conocimientos suficientes. [/QUOTE]
Si yo lo comento Dioptrías, es porque yo ya lo he consultado. Independientemente del criterio de CAJA o Devengo, la fecha de ingreso del PAC 2008 no es imputable al declarante, y aunque puede hacerse por criterio CAJA en 2009, yo no recomiendo que se haga en ningún caso, porque en renta 2009 te puedes encontrar con el PAC 2008 y el PAC 2009, ingresados el mismo año, y entonces estás obligado a declarar los 2 en el 2009, salvo que tuvieras muchos gastos en ese ejercicio, en cuyo caso podría interesarte. Pero ese es un supuesto muy improbable en el campo. Saludos.Ebano582008-12-23 12:20:24
Sería posible, en efecto, incluir en el IRPF de 2008 el PAC que se cobre en el año 2009 y que corresponda al presente ejercicio.
Incluso sería posible incluir de la misma forma las existencias finales de productos (cebada, trigo, etc)
Ahora bién. En primer lugar hay que optar en los sistemas de cobro entre
"Caja o Devengo", hay una casilla en el IRPF a tal efecto para los supuestos de modulos y E.D.
De todas formas mi consejo particular es que el que tenga éste problema acuda a la Delegación de Hacienda a plantearlo o mejor aún que lo consulte con un profesional que tenga conocimientos suficientes. [/QUOTE]
Si yo lo comento Dioptrías, es porque yo ya lo he consultado. Independientemente del criterio de CAJA o Devengo, la fecha de ingreso del PAC 2008 no es imputable al declarante, y aunque puede hacerse por criterio CAJA en 2009, yo no recomiendo que se haga en ningún caso, porque en renta 2009 te puedes encontrar con el PAC 2008 y el PAC 2009, ingresados el mismo año, y entonces estás obligado a declarar los 2 en el 2009, salvo que tuvieras muchos gastos en ese ejercicio, en cuyo caso podría interesarte. Pero ese es un supuesto muy improbable en el campo. Saludos.Ebano582008-12-23 12:20:24
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A eso me refería. Habría que optar por el criterio "devengo" para poder llevar el PAC 2008 al IRPF 2008, con independencia del momento en que la Junta de Andalucia ( La de Chaves) tenga a bien pagar.
Viva Chaves!!!! Viva el Vino!!!.
FELICES NAVIDADES A TODOS ( Incluso a los intermediarios y los fabricantes de abonos)
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A ver si terminan las vacaciones y se ponen a "trabajar" en la junta de Andalucía. A día de hoy...nada de nada.Saludos.-
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[QUOTE=Toma]A ver si terminan las vacaciones y se ponen a "trabajar" en la junta de Andalucía. A día de hoy...nada de nada.Saludos.-[/QUOTE]
Efectivamente. Tienen una cara que se la pisan!!! Llevan más de 15 dias "validando" la campaña 07/08, y digo validando por no decir "cojoneando".
Eso de la validación tan lentita les sirve para "decir que estan validando la campaña anterior cuando se va a preguntar algo". Ha sido esta "validación" la puntilla, la prueba de la desgana y de la desfachatez que ya supòniamos que tenían, pero que ahora se ha puesto de meridiana evidencia.
Señores: Nos han tomado el pelo de forma total esos "validadores".
Efectivamente. Tienen una cara que se la pisan!!! Llevan más de 15 dias "validando" la campaña 07/08, y digo validando por no decir "cojoneando".
Eso de la validación tan lentita les sirve para "decir que estan validando la campaña anterior cuando se va a preguntar algo". Ha sido esta "validación" la puntilla, la prueba de la desgana y de la desfachatez que ya supòniamos que tenían, pero que ahora se ha puesto de meridiana evidencia.
Señores: Nos han tomado el pelo de forma total esos "validadores".
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