derechos

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Merce561
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Mensaje por Merce561 »

Alguien me puede decir como se llevara a efecto lo de los derechos  yo no entiendo, si no tengo derechos como puedo adquirirlos . los que los tienen se los quedaran para siempre  o solo hasta 2013 Tambien  quiero saber como es lo del desacoplamiento total o parcial  Que significa que tengo que sembrar el 75% de las parcelas o solo el 25% en el caso de herbaceos si en el periodo de referencia solo tuve herbaceos ,significa que no puedo sembrar otra cosa  por ejemplo leguminosas si quiero recibir p.a.c.
Mikkel
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Mensaje por Mikkel »

esto es algo  complicado.. te sugiero ke vayas a tu oficina del de partamento a ke te ,lo expliquen.
 
Jh
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Mensaje por Jh »

En principio tu tienes unos derechos de la media del 00,01 y 02 por ha co esos derechos tu puedes sembrar lo que quieras pero solo estas cubierto en sbben cion por la extension de tus derechos.
En teoria se creara una bolsa nacional que nose sabe si se vendera, regalara o que Los que no los utilicen en 3 años de los años no estoy seguro pasan ala bolsa nacional.
el acoplamiento en resumen es que haciendo un pequeño mantenimiento medioambiental el 75% del pago de tus derechos lo tienes asegurado siembres o no y el 25% dependera como ahora de tus produccion ademas de otras historias de medioambiente desarrollo sostenible etc.
el problema esta en que se espera a última hora para todo y va a pasar como con el primer pac que la gente anda desconcertada y haciendose sus peliculas y el tema de derechos su uso, venta, o regalo el primer año va a estar complicado por el desconcierto a lo mejor compras y luego sobran o luego son más caros vete tu a saber, compra o arrendamientos de tieerra con derechos sin derechos el primer año un lio , todo depende de que hagan con la bolsa de derechos nacional.
Trasgu
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Mensaje por Trasgu »

hola ¡¡ yo tambien tengo un pequeño lio con los derechos ,los años de referencia aun no sembraba ,comence el año 2003 y no se como me los daran y en que condiciones, ademas tengo idea de aumentar mi explotacion y tampoco se si sera posible , si alguien tiene alguna referencia agradeceria que me lo comente.......GRACIAS
PD:Me acabo de registrar y me parece muy buena herramienta esta de intercambiar experiencias y conocimientos..........felicidades a los impulsores de la idea
Merce561
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Mensaje por Merce561 »

Si tengo asegurado el cobro del 75% significa que puedo dejar las fincas arrendadas y solo quedarme con el25% de tierras o tengo que tenerlas todas  aunque siembre en ellas otra cosa por la que no tenga ayuda
Mago
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Mensaje por Mago »

Hola a todos:
   Bajo mi modesta opinión, intentaré dar información sobre las cuestiones que salgan en el foro, primeramente hacer una critica tanto al mapa como a las ccaa, por la poca información que están dando , sobre la mal llamada reforma de la pac, que mas bien es un cambio totalmente radical sobre de cómo la teníamos hasta ahora.
  CONDICIONALIDAD: es un cambio de criterio para dar las ayudas, antes se exigía mayoritariamente una producción a partir de la reforma (2006 para España), se exigirá la condicionalidad, que serán cumplir unas directivas de buenas practicas agrarias, medioambiente, calidad i seguridad alimentaría i bien estar de los animales (ganadería)
  PAGO UNICO: será el cheque que cobrara cada productor, según los años de referencia 2000-2001-2002 se suman los importes de todas la ayudas de los 3 años i sale la media lo mismo con las ha. Haciendo la media nos darán los derechos (1 derecho 1 ha.) en herbáceos (cereales) España a optado por una conexión, parcial del 25% que pienso que complica un poco más las cosas.
  No toméis al pie de la letra lo que digo, ya que todo son borradores, i la parte que corresponde reglamentar a España oficialmente, todavía no ha salida nada, si bien los tiros van por ahí, podría haber cambios sustanciales.
  TRASGU: Te explicarè un poco como puede ir todo lo referente a tus derechos, al empezar la reforma el estado puede descontar de forma lineal a todas las explotaciones de un 0 a un 3%, de derechos para comenzar a nutrir lo que se llama RESERVA NACIONAL DE DERECHOS, que mas adelante se ira nutriendo sobre el peaje que se tendrá de dar si hay venta, cesión Ho arrendamiento de derechos. Pienso que tu caso podrás pedir derechos a la reserva, pero hay que aclarar, que falta reglamentar los criterios,de prioridad si hay mas demanda que derechos, por ejemplo un criterio podría ser, jóvenes que se incorporan, explotaciones prioritarias, ATP, etc. Referente al ampliar la explotación a partir de ahora, compra de tierras Ho arrendamientos, si quieres cobrar las ayudas, tendrás también de comprar los derechos Ho arrendarlos.
   MERCE561: Vamos haber, el pago único el requisito que se exige es tener la ha. Cultivables, para cobrar las ayudas Ho sea por ejemplo 50 derechos tener 50 ha. No hace falta que sean las mismas, solo que sean elegibles, (incluso ha. que antes no tenían derecho de ayuda, i que ahora lo podrán tener). España parece que aprobara la desconexión parcial que consiste en el 75% desconectado i el 25% conectado, te pondre un ejemplo que sea fácil, mira si la desconexión fuera la total, como la mayoría de estados UE si la media fueran 50ha. I las dejaras todas de retirada, cobrarías el 100 por 100 de la ayuda, pero en España, cobrarías el 75% para cobrar el 100 por 100 tienes que sembrarlo todo Ho sea hacer lo que venias haciendo, no me enrollo mas, porque estamos delante de un cambio total de la PAC i supongo que a medida que vayamos avanzando se Irán clarificando cuestiones.
Matiu69
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Mensaje por Matiu69 »

Otra Duda!!.
Imagina k he arrendado una finca durante esas fechas.... k pasa con los derechos si este año me la han devuelto pero no quieren soltar los derechos??... Joder el tema se complica!!!. Creo k no hay respuesta a esto aun!!. Un saludo a todos!!.
Mago
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Mensaje por Mago »

Compañero Matiu69, no acavo de entender tu pregunta, no se a que fecha te refieres, pero siempre los derechos seran de quien pidió la pac los años de referencia, a mas cuando dices que no quieren soltar los derechos, ahora es imposible, porque para dar los derechos primero hay que tenerlos, i por ahora nadie tiene los derechos, esto se calcula que serà para el mes de mayo, cuando la atminisdtración via MAPA HO CCAA asignaràn los derechos por escrito  que correspondan a cada explotación, habrà un periodo de posibles reclamaciones, hasta i esto es importante activemos los derechos el primer año, si no se activan podrian pasar a la RN (RESERVA NACIONAL) activarlos solo quiere decir aceptarlos, aun que nos falten ha. porque asi no pasaran a la RN hasta pasados 3 años los que no se utilizen.
Chama
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Mensaje por Chama »

para el proximo año habra que hacer 2 pac una por los derechos que tu tengas que cobraras el 75% de la ayuda y otra por las hectareas que siembres que cobraras el 25%. Segun me han explicado para cobrar el 75% de la ayuda da igual que sea tierra arable. que pastizal etc. a ver si me explico si hay una finca que tiene 20 has y esa finca tiene 19 hectareas de tierra arable y una de pasto arbustivo el pasto serviria para cobrar el 75% de la ayuda si el desacoplamiento fuera total o sea 100% se cobraria en vez del 75% el 100% sembraras o no sembraras
Chama
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Mensaje por Chama »

 en el caso de que un agricultor tuviera por ejemplo 100 y 1oo derechos y se jubila y deja  las tierras propias 70 a otra persona que no es agricultor, esta persona tendría que dejar un 5% de sus derechos a la reserva. Hay diferencia entre agricultores atp y agricultores de fin de semana en cuanto a la reserva?
Matiu69
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Mensaje por Matiu69 »

GRACIAS MAGO!!, esta claro k todavia no sabemos lo k se nos viene encima!
Mago
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Mensaje por Mago »

chama lo que expones, si que puede que se tenga que dejar un 5% a la reserva, pero si se traspasa toda la explotación con todos sus derechos entonces no habrà que dar a la reserva, sobre las preferencias de atps, esto lo tendrà que decir el MAPA, lo mas probable es que la reserva no tenga suficiente para todos i habrà que poner unas prioridades, yo personalmente pienso que deben de tener preferencia los jovenes que se incorporen a la agricultura (es el futuro), luego los ATPS .
Las ayudas son a los agricultores segun la UE. que transcribo tal como lo entienden en la UE
AGRICULTOR
Toda persona fisica ho juridica, que en su explotación se dedique a la producción, alimente i cultive productos agrarios, incluyendo la cosecha, la cria de animales i el mantenimiento de animales a efectos agrarios, (hasta aqui es lo que habia hasta ahora) se le añade el texto siguiente o el mantenimiento de la tierra en buenas condiciones agrarias i medioambientales.
Chama
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Mensaje por Chama »

he estado mirando el reglamento de la reforma y hay una cosa que no entiendo, dice que solo se podran ceder los derechos en el caso que el agricultor haya ejercido el 80% de sus derechos el primer año. me lo podiais aclarar?
Mago
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Mensaje por Mago »

supongo que se refiere, al ser el primer año los puedes aceptar, aun que no dispongas de las ha. si pasados 3 años los que no utilices pasaràn a la reserva i pero mientras pasas los 3 años no los podràs ceder ni vender, como minimo si no los utilizas en el 80%, supongo que serà para evitar especulación, ho sea que si uno no encuentra las ha. antes de que passen los 3 años venderlos, i con esta norma si no los ha utilizado no los podrà vender i pasaran a la RN.
Descargas03
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Mensaje por Descargas03 »

Antes de nada un saludo a todo el mundo, y la enhorabuena a la gente que ayuda, pues en ningún organismo te dicen nada de nada.
Bueno mi duda es la siguiente, yo duratne el período de referencia tenía 290 derechos de ovino, en 2003 sumo 100 más y la persona que me los vende se queda sin actividad pero no está jubilada, ¿sabéis que pasa con esos derechos?,agradecería vuestars respuestas.
Merce561
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Mensaje por Merce561 »

gracias a todos  por las respuestas  me resultaron muy clarificadoras  pero me gustaria saber de donde sacais los borradores de la normativa , ya que me gustaria saber como haremos los que en 2000 tuvimos una hectareas  que luego fuimos ampliando en 2001 y2002 ya que nosotros no tendremos los derechos de lo que no sembramos pero tampoco los tendran las personas que los tuvieron  ya que no siembran eso ahora sino que lo siembro yo ¿Iran a la reserva y no seran de nadie ?  
Mago
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Mensaje por Mago »

Referente a los borradores, son informaciones que salen del MAPA, pero son a nivel de propuesta ho globosonda, para detectar la opinión de los sectores implicados, esta información la encontraràs en premsa digital agraria, en organizaciones agrarias, en cooperativas, consejeria de tu CCAA.
http://www.agrodigital.com/manual.htm
http://www.agroinformacion.com/leer-not ... ?not=19558
http://www.agroterra.com/noticias/PAC.asp
http://www.mapya.es/es/agricultura/agricultura.htm#a
Sobre lo que planteas, los derechos que te corresponden son la media de los tres años 2000-2001-2002 (suma de dinero cobrado i dividido por los 3 años- suma de las ha. i dividido por tres, por ejemplo si la media de lo cobrado son 10.000 euros i la media de ha. son 50 ha.  te corresponden 50 derechos a 200 euros cada uno) para cobrar estos 50 derechos tienes que tener 50 ha. que no hace falta que sean las mismas. a las otras personas que te refieres, se les hace el mismo calculo i si los años de referencia tuvieron pac pueden tener derechos, que ellos decidiran si los utilizan ho no, caso de que ahora no tengan ha. i no tengan posibilidad de tenerlas, pueden vender, ceder, ho alquilar sus derechos aaun que no tengan tierra.
 
 
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