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Publicado: 25 Mar 2009, 12:04
por Franciscop
Alguien sabe en que consiste el precintado de un tractor. Se que vienen los de aduanas y lo inmovilizan tres meses. Como lo precintan?

Publicado: 25 Mar 2009, 12:42
por Dimo11
Normalmente ponen una cinta que suele ser de alambre y un plomo que ata las dos puntas, en un sitio como puede ser de una rueda al chasis por si se moviese el vehiculo que se rompa, si el vehiculo rompe el precinto no se puede reparar y seràs sancionado. Si el vehiculo es tuyo intenta que te lo precinten en un sitio donde no estorbe, pues permanecerà inmovilizado hasta que no se solucione el problema que ha llevado a precintarlo, como al parecer es un problema de papeleo en la importaciòn espero que se pueda solucionar, si nò no tienes tractor.
 
¿Nò lo habras pagado no?

Publicado: 25 Mar 2009, 13:41
por Franciscop
El tema viene por una multa de hacienda por el tema del gasoleo. A los tres meses vienen ellos a quitarlo?. Y si lo quitas tú o se rompe? Franciscop2009-03-25 15:15:50

Publicado: 25 Mar 2009, 18:12
por Ruben92
pues pagas una multa.
 
pero ke hicieste para ke te lo precinten??
 
no andarias con gasoleo rojo haciendo trabajos publicos
 
 
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LUGO

Publicado: 25 Mar 2009, 19:43
por Franciscop
no. pero me lo pararon en un camino y dieron por hecho que si.

Publicado: 25 Mar 2009, 20:05
por Franc1
Pues eso que te dicen , pero  puedes pedir que te lo precinten cuando tengas menos trabajo , normalmente te lo conceden.

Publicado: 25 Mar 2009, 20:23
por Franciscop
Eso espero. Mañana vienen . Ya os contaré. Gracias.

Publicado: 25 Mar 2009, 20:37
por Claas330
pero como van a dar por echo el gasoleo que tu llevas, te lo abran sacado no? o alguna justificacion muy gorda abra para que lo precinten, espero que lo soluciones.

Publicado: 25 Mar 2009, 21:32
por Josia
¿El tractor estaba inscrito en el Registro de Maquinaria Agrícola?

Publicado: 26 Mar 2009, 19:46
por Franciscop
Si estaba inscrito. Os comunico que ya vinieron pero yo no estaba. Así que vuelven el lunes. Lo gracioso es que a los tres meses el precinto se lo tengo que quitar yo. Ellos no vienen a quitarlo. Bueno, gracias por todos a todos.

Publicado: 26 Mar 2009, 19:52
por Fernan69
 a mi me clavaron una gorda por otro tema y me lo soluciono una empresa de recursos de multas.suerte

Publicado: 26 Mar 2009, 20:48
por Josia
Lo más normal es que pasen un cable por el volante y el embrague y lo precinten con un sello de plomo.
 
No entiendo muy bien la sanción que te han puesto, si el tractor estaba inscrito en el registro de maquinaria agrícola puede usar gasoleo B, deben darse circunstancias muy especiales para que te lo vayan a precientar. Deberias haber recurrido la sanción.

Publicado: 30 Mar 2009, 02:55
por Doncaster76



a mi me han precintado un apero,pero no le han puesto ningun atilugio,ni cinta ni nada.me dieron un papel a correr,con las orejas gachas por el puro que me metieron y a esperar a ver que responden a mi recurso.no me pregunteis por que,que igual me caliento y es gorda.trafico esta a jodernos,cuidado

Publicado: 30 Mar 2009, 20:38
por Bikerdream
joder Doncaster76, no nos dejes con las ganas y cuentanoslo q a lo mejor nos sirve para prevenir a los demás, suerte con el recurso.

Publicado: 27 May 2009, 03:07
por Lophez
te pueden sancionar , si trabajas para otros con gasoleo rojo? por ejemplo a particulares?

Publicado: 27 May 2009, 09:41
por Luisfsan


Pero eso no puede ser...Te habrán tomado la muestra obligatoriamente para comprobar la existencia del colorante en el gasoleo. Si no es así recurre que lo ganarás (y pide la suspensión de la imposición de la sanción de precinto en tanto se resuelva el recurso)Para que sirva de información a todos nosotros:• La utilización de gasóleo agrícola en tareas no estrictamente agrícolas puede dar lugar a  una infracción por uso indebido de gasóleo bonificado que puede ser sancionada con  multa de 601,01 a 12.020,24 euros (100.000 a 2.000.000 de pesetas) y precintado e  inmovilización del vehículo tractor por un período comprendido entre un mes y un año.A efectos de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 54 de la Ley 38/1992, de ImpuestosEspeciales12. se considerarán "Motores de tractores y maquinaria agrícola utilizados enagricultura, incluida la horticultura, ganadería y silvicultura", los motores de tractoresagrícolas, motocultores, tractocarros, maquinaria agrícola automotriz y portadores a que serefieren las definiciones del anexo II del Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por elque se aprueba el Reglamento General de Vehículos y que se utilicen en las actividadesindicadas. A estos efectos no tendrá la consideración de actividad propia de la agricultura,incluida la horticultura, ganadería y silvicultura, el transporte por cuenta ajena inclusorealizado mediante tractores o maquinaria agrícola dotados de remolque.La utilización de tractores agrícolas en el uso de labores que no sean propias de la agricultura,por ejemplo, el transporte de productos agrícolas por cuenta ajena, puede dar lugar a unasanción administrativa por incumplimiento del artículo 54.2 de la Ley 38/1992, de Impuestos Especiales. La pura tenencia de maquinaria agrícola no habilita para utilizar en ella gasóleo bonificado en todo caso sino sólo en aquellos en los que se estén realizando tareas estrictamente agrícolas. Por tanto, dicha maquinaria agrícola no está autorizada a utilizar gasóleo bonificado sino en aquellos casos en que la maquinaria se emplee en usos estrictamente agrícolas.
Luisfsan2009-05-27 09:44:53

Publicado: 27 May 2009, 14:03
por Caifas
Cuanto hijoputismo, de verdad

Publicado: 28 May 2009, 00:15
por Motransa
haber no entiendo bien lo que dices yo hoy por ejemplo llevaba en el remolque ladrillos arena cemento bueno cuatro cosas de esas para una chapucilla ¿ me pueden multar? ¿por bajar leña del monre para el invierno?