Garantia de tractores nuevos
Quería preguntaros si sabeis el periodo de garantia de las principales marcas, resulta que yo pensaba que por ley era de dos años pero en fendt me han dicho que por no se qué historia legal (algo así como que el tractor no es un bien para beneficio propio sino para un trabajo a la calle..) en tractores no es obligatorio dar esos dos años como en coches y otros productos
gracias
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pues tienen razon hace unos dias hablaban de esto en la radio y maquinaria de trabajo solo 1 año debido ha su mayor desgaste despues si cada fabricante quiere dar mas es cosa suya, ten en cuenta que ya va con el precio
cuando compre mi ultimo coche depende de la garantia que quisiera me salia por un precio o otro
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http://www.deere.com/es_ES/service/garantia.html
Me parece raro lo del 2+2. Segun lo que contais debería de ser 1+1 ó 1+2.
Me parece raro lo del 2+2. Segun lo que contais debería de ser 1+1 ó 1+2.
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Si la maquina es para uso publico es un año , pero si es para uso particular son dos .Si compras un tractor y tienes una empresa de servicios , o un coche y eres taxista , o un camion y haces SP. es un año .Si es para uso particular son dos .El mio es para uso particular , pero por mi cuenta hago ayudas entre agricultores eso no cuenta como servicio publico ya que la empresa no está declarada como tal. Si esas ayudas entre agricultores sobrepasa el 20 % de mi facturacion , ya pasaria fiscalmente a servicio a terceros, en consecuencia las maquinas que esten en la empresa tambien . Esto es lo que me tienen explicado y que yo creo logico . Cuando compre el JD , que fué poco despues de esa ley de los dos años , El concesionario , que save lo que hago , me insinuó algo de esto y les dije que me enseñaran el documento donde pone que yo hago servicios a terceros y entonces se me podia aplicar esa clausula. No lo han encontrado, Tengo garantia de 2+2.Saludos
fran1, muchas gracias por la explicacion. Es algo parecido a eso es lo que me insinuaron los de un conce de fendt antes de comprar el tractor, que como "es un tractor para un uso externo" y tal y tal... en fin un rollete lioso, supongo que a ver si colaba. Lo que haré es buscar la ley y se la restriego por la cara al comercial listillo de turno..
Entonces la ley vale para todas las marcas, es decir sea JD o zetor todo el que venda un tractor a particulares sin un uso como servicio a terceros debe dar dos años ¿no?
Entonces la ley vale para todas las marcas, es decir sea JD o zetor todo el que venda un tractor a particulares sin un uso como servicio a terceros debe dar dos años ¿no?
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[QUOTE=Cierzo]ami me pidieron 1200 euros para los 2 + 2 años en un 6330 star[/QUOTE]
¿la garantia 2+2 que quiere decir, que aparte de los dos años te dan otros dos mas, osea 4 no? me parece buen precio, yo la pediria y asi vas tranquilo si se jode algo nuevo como el autopower o cosas asi
¿la garantia 2+2 que quiere decir, que aparte de los dos años te dan otros dos mas, osea 4 no? me parece buen precio, yo la pediria y asi vas tranquilo si se jode algo nuevo como el autopower o cosas asi
¿al que al mundo vino y no bebe vino, a que vino?
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Por un 6930 autpwer me pidieron 2000 euros.Esa normativa , no distingue marcas ni productos , una lavadora , televisión ,un coche , un camión ... Si no te quieren dar la garantia de dos años , que te tienen que demostrar por que no te la dan .Es facil demostrarlo , El nombre del propietario o empresa que va a comprar la maquina , tiene que estar en el registro de empresas,con la actividad que realiza ;agricola, obra publica, sevicios agricolas , servicios publicos ... ,tu sabras como tienes la empresa registrada?. La mia es agricola y ganadera, por lo tanto 2 años , no hay mas vuelta de hoja.Otra cosa es lo que tu hagas con la maquina.Lo de 2+2 son los dos años que te da el fabricante mas los dos años que contratas con el fabricante mediante una aseguradora (ojo, no es el fabricante que te da la garantia es la aseguradora que en caso de averia se haria cargo del coste de la reparacioón) , En esa garantia tiene que quedar claro lo que te entra, normalmente es el motor , la trasmision y los hidraulicos. No por uso indevido , ni desgaste normal de los componentes.
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dejo un enlace donde viene la ley
http://civil.udg.edu/normacivil/estatal ... L23-03.htm
sobre el periodo de garantia, parece que es el art 9:
Artículo 9. Plazos.
1. El vendedor responde de las faltas de conformidad que se manifiesten en un plazo de dos años desde la entrega. En los bienes de segunda mano, el vendedor y el consumidor podrán pactar un plazo menor, que no podrá ser inferior a un año desde la entrega.
Salvo prueba en contrario, se presumirá que las faltas de conformidad que se manifiesten en los seis meses posteriores a la entrega ya existían cuando la cosa se entregó, excepto cuando esta presunción sea incompatible con la naturaleza del bien o la índole de la falta de conformidad.
2. Salvo prueba en contrario, la entrega se entiende hecha en el día que figure en la factura o tique de compra, o en el albarán de entrega correspondiente si éste fuera posterior.
y en concreto en el art 3 dice:
Salvo prueba en contrario, se entenderá que los bienes son conformes con el contrato siempre que cumplan todos los requisitos que se expresan a continuación, salvo que por las circunstancias del caso alguno de ellos no resulte aplicable:
a) Se ajusten a la descripción realizada por el vendedor y posean las cualidades del bien que el vendedor haya presentado al consumidor en forma de muestra o modelo.
b) Sean aptos para los usos a que ordinariamente se destinen los bienes del mismo tipo.
c) Sean aptos para cualquier uso especial requerido por el consumidor cuando lo haya puesto en cono cimiento del vendedor en el momento de celebración del contrato, siempre que éste haya admitido que el bien es apto para dicho uso.
así que yo no sé a que se agarran estos de fendt para decir que es un año. Tampoco se donde está regulado que a gente como taxistas, camioneros, empresas de servicios etc legalmente se les pueda acortar este plazo de dos años.
http://civil.udg.edu/normacivil/estatal ... L23-03.htm
sobre el periodo de garantia, parece que es el art 9:
Artículo 9. Plazos.
1. El vendedor responde de las faltas de conformidad que se manifiesten en un plazo de dos años desde la entrega. En los bienes de segunda mano, el vendedor y el consumidor podrán pactar un plazo menor, que no podrá ser inferior a un año desde la entrega.
Salvo prueba en contrario, se presumirá que las faltas de conformidad que se manifiesten en los seis meses posteriores a la entrega ya existían cuando la cosa se entregó, excepto cuando esta presunción sea incompatible con la naturaleza del bien o la índole de la falta de conformidad.
2. Salvo prueba en contrario, la entrega se entiende hecha en el día que figure en la factura o tique de compra, o en el albarán de entrega correspondiente si éste fuera posterior.
y en concreto en el art 3 dice:
Salvo prueba en contrario, se entenderá que los bienes son conformes con el contrato siempre que cumplan todos los requisitos que se expresan a continuación, salvo que por las circunstancias del caso alguno de ellos no resulte aplicable:
a) Se ajusten a la descripción realizada por el vendedor y posean las cualidades del bien que el vendedor haya presentado al consumidor en forma de muestra o modelo.
b) Sean aptos para los usos a que ordinariamente se destinen los bienes del mismo tipo.
c) Sean aptos para cualquier uso especial requerido por el consumidor cuando lo haya puesto en cono cimiento del vendedor en el momento de celebración del contrato, siempre que éste haya admitido que el bien es apto para dicho uso.
así que yo no sé a que se agarran estos de fendt para decir que es un año. Tampoco se donde está regulado que a gente como taxistas, camioneros, empresas de servicios etc legalmente se les pueda acortar este plazo de dos años.
Haber lo de dos mas dos hay que leerse la letra pequeña. Los otros dos años que tu contratas con la aseguradora por 1200 € segun las horas que hagas no te interesa, yo cuando fui a firmar esos dos años extras me dijeron que eran dos años mas o hasta 3500 horas lo que antes llegase el problema es que yo en dos años ya casi las voy hacer con lo cual estoy cubierto con la garantia obligatoria por ley, no pago 1200 mas por 300 o 400 horas.
Depende de las horas que hagas, Si haces pocas el tractor (menos de 1000 al año) hay pocas posibilidades de que el tractor te pete en cuatro años, pero si haces muchas no te cubre los cuatro años porque llegas antes a las horas que te marcan o sea que tienen todas a ganar, firmas la poliza de seguro que no te sirve para na solo para que el conce coga la comision, yo la iva a firmar con Mafre quiere decir que los dos años extras la garantia te la da mafre con la poliza de seguro no el concesionario, paga el seguro que tu firmas con la compañia. Si leemos la letra pequeña de la poliza igual vemos que la mitad de cosas en esos dos años no entra.
saludos
Depende de las horas que hagas, Si haces pocas el tractor (menos de 1000 al año) hay pocas posibilidades de que el tractor te pete en cuatro años, pero si haces muchas no te cubre los cuatro años porque llegas antes a las horas que te marcan o sea que tienen todas a ganar, firmas la poliza de seguro que no te sirve para na solo para que el conce coga la comision, yo la iva a firmar con Mafre quiere decir que los dos años extras la garantia te la da mafre con la poliza de seguro no el concesionario, paga el seguro que tu firmas con la compañia. Si leemos la letra pequeña de la poliza igual vemos que la mitad de cosas en esos dos años no entra.
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VIVA EL CORDERO ESPAÑOL
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Robertob , tienes razon , a mi me ofrecieron el 2+2 tambien con Mafre , pero como tengo tiempo de contratar asta el mes 23 de la garantia JD , esperaré . por eso que tu dices de las horas , ya que son dos años o no me acuerdo de las horas , lo que llegue antes . Puede ser que no valga la pena , mi tractor tiene 9 meses y 900 h. a este paso cuando me ofrezcan la garantia ya veremos lo que hay que hacer , si no me dan mas horas que las que tu dices no la cojo.Firi , no se donde está , pero hay un anexo o una clausula , que dice que los bienes con uso industrial o publico quedavan a disposicion del fabricante el dar mas de un año de garantia . Eso no quiere decir que no te la den.Saludos
Franc12007-11-18 19:57:11
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en deutz dan dos años, el concesionario es familiar mio y me dijo que por ley estan obligados a dar dos años. Pero si alguien tiene alguna duda puede llamar o ir a Consumo de su comunidad autonoma y le explicarán sin coste alguno el tiempo de garantia que esta obligado a dar el vendedor. que lo pida por escrito y se lo enseñe. me extraña que algunas casas sigan intentando colar solo un año.
Biel2007-12-10 22:41:49
No debemos permitir que alguien se aleje de nuestra presencia sin sentirse mejor y más feliz.
Madre Teresa de Calcuta
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