deposito de gasoil de plastico

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Josed820
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deposito de gasoil de plastico

Mensaje por Josed820 »

buenas
tengo que comprar un deposito para llevarle gasoil a la cosechadora, los estoy mirando y me dicen que los de plastico no tienen que pasar ITV, alguien sabe algo de esto?
a partir de cuantos litros hace falta carnet de mercancias peligrosas?
saludos
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Lophez
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Re: deposito de gasoil de plastico

Mensaje por Lophez »

es a partir de litros no del material que sean . cuantos litros puede tragar tu cosechadora?
Soy de la España VACILADA.
Josed820
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Re: deposito de gasoil de plastico

Mensaje por Josed820 »

Yo creo que entre las dos, igual unos 600 litros
T7040
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Re: deposito de gasoil de plastico

Mensaje por T7040 »

Yo tambien estuve mirando uno de plastico y me dijeron que a partir de 400 litros necesitaba papeles.
Prego7710
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Re: deposito de gasoil de plastico

Mensaje por Prego7710 »

que tal josed820?? nos conocemos de algo verdad? jaja Yo tengo uno de 250litros, es pequeño, pero el martes tengo que ir a pasarlela ITV, así que lo de a partir de 400 litros no se si será verdad. En la ITV deben mirar si hay fugas, si funciona bien la bomba de vacío y alguna cosilla más, el caso es que nos han dicho que 100 euros la broma.
Lo del material del depósito pues yo creo que el de plástico será más cómodo a la hora de manejarlo, si has de ponerlo y quitarlo muchas veces del carro siempre pesará menos, que el mío de 250 litros ya pesa lo suyo así que el que cojas tú que tendrá que ser mucho más grande no lo quiero ni pensar.
Venga amigo, ya me irás teniendo informado jeje
Un abrazo!
Técnico Superior en Gestión y Organización de Empresas Agropecurias

JD 7710, JD6830, JD 3650, NH TC54, y antes FIAT 80-90S
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Lophez
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Re: deposito de gasoil de plastico

Mensaje por Lophez »

Josed820 escribió:Yo creo que entre las dos, igual unos 600 litros
con esos litros pregunta si te lo acercan con el camion fijo y no te complicas si no esta es la normativa . y tb se hablo hace en el foro http://www.agroterra.com/foro/foros/maq ... 18547.html

Transporte de gasóleo (UN 1202) y
gasolina (UN 1203). Exenciones.
.
Una de las cuestiones más comunes que surgen a trabajadores y particulares al transportar por carretera combustible es el tema de las exenciones. Vamos a tratar de forma lo más clara posible como podemos transportar combustible líquido (gasóleo y gasolina) y estar exentos total o parcialmente de cumplir con el ADR en la Unión Europea.
Independientemente de las exenciones que establezca el ADR, los envases/embalajes utilizados para transportar mercancías peligrosas deben estar siempre homologados.
Vamos a limitarnos, como hemos apuntado anteriormente, al transporte de combustible realizado por particulares o empresas, sin tener en cuenta servicios de emergencias o casos especiales.
En relación al transporte de combustible existen varias exenciones:
1) Exención TOTAL relacionada con la naturaleza del transporte:
a) Particulares:
- Se podrán transportar por particulares, para la venta al por menor, uso personal, doméstico, para actividades deportivas o de ocio, un máximo de 240 litros de líquido inflamable por unidad de transporte. Estos 240 litros deberán ir repartidos en garrafas de 60 litros de contenido máximo.
- No se consideran las mercancías embaladas en GRG (Grandes Recipientes para Granel), grandes embalajes o cisternas. Un gran embalaje sería un embalaje con una capacidad mayor a 450 litros, con envases interiores y con un volumen menor a 3 m3.
- No tendrán que cumplir con el ADR, aunque se deberán tomar medidas y precauciones para evitar cualquier fuga de combustible.
b) Empresas:
- Las empresas que efectúen un transporte de modo accesorio a su actividad principal, como, por ejemplo, el aprovisionamiento de canteras, obras de edificación o civiles, o para los trayectos de retorno desde estas obras, estarán exentas siempre que las cantidades no superen los 450 litros por envase/embalaje ni las cantidades indicadas en el apartado 3 (1.1.3.6 ADR), es decir, 333 litros de gasolina o 1000 litros de gasóleo.
Según el párrafo anterior, podríamos transportar un envase/embalaje conteniendo sólo 333 litros en el caso de la gasolina. Si lo que queremos es transportar gasóleo, el máximo sería tres envases/embalajes, sin superar los 450 litros por envase/embalaje, conteniendo entre los tres un máximo de 1000 litros de gasóleo.

- La presente exención no cubriría a tales empresas si el transporte es para aprovisionamiento o distribución exterior o interior.
2) Exención TOTAL relacionada con el transporte de carburantes líquidos:
-No deberá cumplirse el ADR cuando se efectúe un transporte y el carburante que contengan los depósitos del vehículo sirvan para la propulsión de este o para el funcionamiento de alguno de sus equipos. El combustible puede ser transportado en jerricanes (garrafas metálicas o de plástico) o en depósitos conectados al motor o al equipo auxiliar. Pero, existen unas condiciones:
a) Podrán transportarse hasta 1500 litros de carburante en el depósito de un vehículo, siempre que éste sirva para la propulsión del mismo.
b) Estos depósitos pueden ir fijados a un remolque, para alimentar a equipos auxiliares del vehículo, pero no excederán de 500 litros.´
-También se podrá llevar una garrafa de 60 litros siempre que sea para el funcionamiento del vehículo o de un equipo auxiliar.
.
3) Exención PARCIAL relacionada con las cantidades transportadas en BULTOS por unidad de transporte:
- Se podrán transportar un máximo de 1000 litros de gasoil ó 333 de gasolina.
- No habrá que cumplir con los siguientes capítulos y apartados del ADR:
a) Capítulo 1.10. Disposiciones relativas a la protección. No habrá que cumplir con las medidas o precauciones que dispone el ADR para evitar el robo o la utilización inadecuada de las mercancías peligrosas.
b) Capítulo 5.3. Etiquetado de los depósitos, cisternas y vehículos. No es necesario poner las placas-etiquetas en forma de rombo ni paneles naranja en el vehículo.
c) Sección 5.4.3. Instrucciones escritas. No es necesario llevar las instrucciones escritas a bordo del vehículo.
d) Capítulo 7.2. Disposiciones relativas al transporte en bultos. No hay que cumplir con ninguna disposición respecto al transporte de bultos.
e) Disposición suplementaria CV1 de la sección 7.5.11. Carga y descarga en emplazamiento público. No se deberán tener en cuenta las prohibiciones del ADR de carga y descarga en emplazamientos públicos ni dentro ni fuera de núcleos urbanos.
f) Parte 8. Disposiciones relativas al material de transporte y al transporte. Existen algunos apartados de esta parte 8 que si habrá que cumplir, que veremos a continuación, el resto no se tendrán en cuenta.
g) Parte 9. Disposiciones relativas a la construcción y a la aprobación de los vehículos. No habrá que cumplir con esta parte.
h) No es necesario un Consejero de Seguridad (1.8.3.2 ADR).
i) No necesitan certificado de formación específico los conductores.
- Sí se tendrán que cumplir con los siguientes apartados de la Parte 8:
a) Sección 8.1.2.1 (a). Documentos de a bordo. Habrá que llevar en el vehículo la carta de porte.
b) Secciones 8.1.4.2 a 8.1.4.5. Medios de extinción de incendio. Deberán llevar en el vehículo un extintor para las clases de inflamabilidad A, B y C, con un mínimo de 2 Kg de polvo, conforme a la normativa y precintados.
c) Sección 8.2.3. Certificado de formación. Todo el personal relacionado con el transporte tendrá que recibir un curso de formación.
d) Sección 8.3.3. Se prohíbe al conductor o a su acompañante abrir bultos que contengan mercancías peligrosas.
e) Sección 8.3.4. Los aparatos de iluminación no deberán presentar ninguna superficie metálica capaz de producir chispas.
f) Sección 8.3.5. Prohibición de fumar durante las manipulaciones en las proximidades y dentro del vehículo.
g) Capítulo 8.5 (S2). Prohibido introducirse en el compartimento de carga con aparatos de iluminación no homologados.
.
4) Exenciones por “cantidades limitadas” y “cantidades exceptuadas”.
No vamos a entrar en estas exenciones porque son poco prácticas para el transporte de combustible, ya que es para cantidades pequeñas.
.
Bultos
Bulto es el proceso final de la operación de embalaje preparado para su expedición, constituido por el propio embalaje, el gran embalaje o el GRG (IBC) junto con su contenido.
Las exenciones del apartado 3 se cumplirán si el transporte se realiza en bultos.
Para el transporte de combustible líquido se pueden utilizar, por ejemplo, garrafas (jerricanes), bidones o GRG (Grandes Recipientes para Granel). En estos embalajes podríamos, para el caso del gasoil, llevar 1000 litros y acogernos a la exención nº 3. Por supuesto, habría que etiquetar los embalajes, que no los vehículos.
El problema es que esta exención, la nº 3, es para bultos, y no incluye las cisternas. Si queremos transportar el combustible en una cisterna tendremos que cumplir con el ADR independientemente de la carga.
La mejor opción para transportar gasoil, sin cumplir con el ADR, es acogernos a la exención 1(b) (1.1.3.1 ADR) y transportar el combustible en embalajes sin superar los 450 litros por cada envase/embalaje. La cantidad máxima no podría ser mayor de 1000 litros para el gasóleo o 333 litros para la gasolina. En este caso, la mejor opción son los GRG (Grandes Recipientes para Granel).
Se pueden utilizar, tanto para el gasóleo como para la gasolina, GRG de metal, de plástico rígido o compuestos de plástico y estructura metálica.
Soy de la España VACILADA.
Josed820
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Re: deposito de gasoil de plastico

Mensaje por Josed820 »

mirare precios de depositos de chapa y de plastico y comprare el mas barato me parece ami... de menos de 450 litros
mariogarcia
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Re: deposito de gasoil de plastico

Mensaje por mariogarcia »

Yo prefiero los depósitos de polietileno de alta densidad, creo que son más fáciles de transportar y manipular, resisten muy bien el calor. En cualquier tienda específica puedes encontrar estos depósitos de segunda mano en buenas condiciones y bastante baratos, por lo menos eso fue lo que hice yo.
Última edición por mariogarcia el 26 Sep 2024, 12:39, editado 1 vez en total.
Saludos cordiales desde Badalona :) :)
plumed
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Re: deposito de gasoil de plastico

Mensaje por plumed »

Nosotros tenemos estos, que están homologados.
http://www.agroterra.com/p/depsito-de-g ... 50/3128050
Los tenemos de 220, 460 y 600 ltrs e incluyen bomba de 12V, manguera y pistola.
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Manu1946
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Re: deposito de gasoil de plastico

Mensaje por Manu1946 »

Date un garbeo por este =

http://gduran.com/tarifas/fontaneria/SC ... ositos.pdf

Tienes tarifas y datos.
1saludo.
Se tu mismo, el resto de los papeles estan cogidos (O.Wilde)
PIONIER
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Ubicación: la comarca

Re: deposito de gasoil de plastico

Mensaje por PIONIER »

Yo tengo uno homologado metálico, de 500 litros. Tiene sus papeles y lo único que cuando cargas tienes que rellenar un documento de acompañamiento , origen, cantidad y destino.
Defiendo a quien me defiende.
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